Contribuyentes Están Obligados A Declarar Impuesto Predial

Nota de prensa
Contribuyentes Están Obligados A Declarar Impuesto Predial
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16 de diciembre de 2011 - 12:00 a. m.

Según Ordenanza Municipal Nº 008-2011-MPCH Satch dará facilidades y condonará 100% de intereses moratorios de la deuda generada

Chiclayo, dic. 15.Según la Ordenanza Municipal Nº 008-2011-MPCH del 12-12-11, los contribuyentes de la Municipalidad Provincial de Chiclayo están obligados a presentar declaración jurada del Impuesto Predial y Vehicular en las oficinas del Servicio de Administración Tributaria de Chiclayo-SATCH.

La presentación de la Declaración Jurada se establecerá en las fechas indicadas en los requerimientos que sean notificados en los domicilios fiscales cuando se haya detectado por el Satch la existencia de evasión tributaria en calidad de omisos y subvaluación. El contribuyente tendrá facilidades para el cumplimiento de esta obligación, refiere la Ordenanza.

Asimismo, cuando no se pueda determinar la existencia de los propietarios y/o poseedores evasores, los contribuyentes que se encuentren en este estado voluntariamente presentarán la Declaración Jurada, el cual estará sujeto a la verificación y/o fiscalización correspondiente.

Los contribuyentes que no presenten la declaración jurada requerida en las fechas indicadas, serán sancionados por la comisión de infracción tributaria respectiva con multa refrendada por la presente ordenanza municipal.

BENEFICIOS

Los contribuyentes que se encuentren omisos a la presentación de declaraciones juradas, así como por construcciones realizadas al inmueble y realicen la actualización de sus datos o rectificación de predios que regularicen hasta el 31 de diciembre del 2011, gozarán de algunos beneficios.

Uno de los beneficios es la condonación del 100% de intereses moratorios de la deuda generada respecto al impuesto predial, vehicular y arbitrios municipales, así como el 100% de las multas tributarias por incumplimiento a la obligación de presentar la declaración jurada del Impuesto Predial o Vehicular cuando hayan subsanado la declaración en forma voluntaria o inducida, siempre que se cancele durante el plazo vigente de la ordenanza la totalidad de dichas obligaciones en forma anual o hasta el ejercicio 2011.

Los contribuyentes del impuesto predial, vehicular o alcabala que presenten la declaración jurada de actualización de datos y/o Declaración Jurada Rectificatoria, gozarán de la condonación del 100% de intereses moratorios, siempre que se cancele durante el plazo de vigencia 2011, y asimismo, la condonación del 100% de multas generadas desde la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 006-2011-MPCH.