Jne Solicita A Corte Documentación Sobre Sentencia Y Medida Cautelar
Nota de prensa

18 de junio de 2012 - 12:00 a. m.
SOBRE CASO DE ALCALDE DE CHICLAYO
*Máximo organismo electoral tácitamente reconoce que no puede decidir si no hay sentencia firme
El Jurado Nacional de Elecciones ofició al presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, letrado Carlos Silva Muñoz, para que remita a dicho organismo toda la documentación e información referente a la sentencia condenatoria contra el alcalde, Econ. Roberto Torres Gonzales emitida por la Segunda Sala Penal de Apelaciones y la medida cautelar a favor de la misma autoridad municipal expedida por el Tercer Juzgado Civil de Chiclayo y que está pendiente de resolver en Sala Constitucional de la Corte local.
El Oficio Nº 2402-2012-SG/JNE de fecha 15 de junio, está dirigido al Presidente de la CSJL, señala que la documentación e información de la referida sentencia es importante para el JNE para resolver el pedido de suspensión del Alcalde de Chiclayo presentado por el ciudadano Hugo Alfonso Rosales García.
El organismo electoral reconoce tácitamente que la sentencia contra el burgomaestre todavía está pendiente de ejecución por la medida cautelar vigente y sobre ella el Jurado no puede dictaminar, dijo un jurista consultado por el portal de la Comuna chiclayana.
Tengo el agrado de dirigirme a usted en relación con el expediente de la referencia concerniente a la solicitud de traslado de suspensión de Hugo Alfonso Rosales García contra Roberto Torres Gonzales, alcalde del Concejo Provincial de Chiclayo, departamento de Lambayeque, al haber incurrido en causal contemplada en el artículo 25º, numeral 5, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dice el tenor del oficio del Jurado.
Puntualiza que la documentación e información es necesaria para que el Jurado pueda emitir el pronunciamiento respectivo sobre la solicitud del ciudadano Rosales García.
Se solicita, a la brevedad posible, que se nos informe, de manera documentada, acerca de la suspensión total de los efectos jurídicos de cada uno de los extremos de la Sentencia Nº 33-2012, Resolución Nº 25 del 22 de mayo del 2012, emitida en el expediente Nº 1488-2011-96-1706-JR-PE-06, tramitado ante la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, dictada en el Expediente Nº 1247-2012, por el Tercer Juzgado Civil de Chiclayo mediante la Resolución Nº Uno, en el cuaderno cautelar del proceso de amparo contra la resolución judicial tramitada por el especialista legal José Luis Falen León, añade el oficio firmado por el secretario general del JNE, Roque Augusto Bravo Basaldúa.