Aprueban Ordenanza Municipal Sobre Programa De Beneficios Tributarios
Nota de prensa




15 de noviembre de 2012 - 12:00 a. m.
Chiclayo, nov. 15 (Actualizada). Con dos abstenciones el Pleno de Concejo aprobó el proyecto de ordenanza municipal presentado por el Servicio de Administración Tributaria de Chiclayo-SATCH para la aplicación del Programa de Beneficios Tributarios y No Tributarios y el Programa de Regularización de la Declaración Jurada Masiva en el Distrito Chiclayo, cuyo objetivo es aumentar la recaudación y reducir los altos niveles de morosidad que tiene la Municipalidad Provincial de Chiclayo.
Las dos abstenciones correspondieron a la regidora Carmen Carhuallanqui, quien explicó que no conocía el texto de dicho proyecto y la regidora Celinda Ortiz Prieto, quien no votó aduciendo que le negaban hacer uso de la palabra en la sesión de concejo. El acuerdo se tomó en la sesión extraordinaria celebrada el miércoles 14 a las 10:00 de la mañana en la sala de Regidores del palacio municipal.
Los regidores que aprobaron el dispositivo son: Sheyla Fernández, Guido Sánchez, Fernando Herrera, Roland Alarcón, Francisco Muro, Coeli Sarmiento, Edwin Vásquez, Manuel Cabrejos, Guillermo Segura, Heriberto Gonzales La Torre, Filiberto Ramos Villena y Marco Arrascue y Víctor Alfaro.
Previo a la votación, la alcaldesa Elizabeth Montenegro Dávila invitó al funcionario ángel López, gerente de Operaciones del SATCH, para que sustente ante el Pleno de Concejo el proyecto de ordenanza municipal, puntualizando que el dispositivo tiene por finalidad establecer un régimen de beneficio temporal para todos los administrados que cumplan con los requisitos expuestos en la presente ordenanza. El período de vigencia será hasta el 07 de diciembre de este año.
Podrán a cogerse al referido Programa los contribuyentes que mantengan deudas tributarias y no tributarias al 31.10.12 por concepto de Impuestos Municipales (impuesto predial, vehicular, alcabala) Tasas Municipales (Arbitrio de Limpieza Pública, parques y jardines y Serenazgo) Multas tributarias y Fraccionamiento tributario.
También beneficios por conceptos no tributarios (Multas de infracción al Reglamento de Tránsito y Transporte Público, Multas administrativas, Merced conductiva y Arrendamiento exigibles y pendientes de pago cualquiera fuera la situación de la deuda es decir, se encuentre en Cobranza Ordinaria, Cobranza Coactiva, Reclamación, Apelación o Demanda Contencioso Administrativa ante el Poder Judicial.
Para acogerse a la Ordenanza aprobada, es necesario que en caso el contribuyente y/o beneficiario tuviera en trámite recurso impugnatorio de reclamación o haya iniciado un procedimiento contencioso administrativo en el Poder Judicial, deberá presentar el correspondiente desistimiento con firma fedateada por la administración en caso de no cumplir con esta condición, la administración está en facultad de declarar la pérdida de beneficios obtenidos. Todo beneficiario deberá efectuar pagos al contado.
En la misma sesión ordinaria el Pleno aprobó la conformación del Comité de Administración del Programa Vaso de Leche por lo que resta del año.