Proponen Formacion De Comision Para Analizar Proyecto De Ordenanza Acerca De Gradualidad En El Pago De Infracciones Y Multas De Transito
Nota de prensa


26 de mayo de 2014 - 12:00 a. m.
Equipo de trabajo estará integrado por MPCH, representantes de los gremios de transportistas, SATCH y Policía Nacional el próximo lunes será la primera cita. Según el D.S. 03-2014/MTC los infractores pagarán 100% de las papeletas y multas. De acuerdo con el Decreto Supremo N°03-2014-MTC, los transportistas infractores pagarán el cien por ciento de la deuda por concepto de papeletas y multas de tránsito, de lo contrario serán objeto de embargos y hasta la cancelación de la licencia de conducir y la inhabilitación definitiva del conductor. Sin embargo, en reunión de hoy martes entre el alcalde Roberto Torres Gonzales, funcionarios del Municipio con representantes de los gremios del transporte público se aceptó la conformación de una comisión que analizará la propuesta de un proyecto de ordenanza municipal para reconsiderar el tema del beneficio de gradualidad en el pago de las infracciones y multas de tránsito.
El referido decreto modifica e incorpora disposiciones al Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2009-MTC, al Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC y al Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2008-MTC.
Según el jefe del SATCH, Jorge Pretell García, dijo que en la reunión de hoy con dirigentes transportistas se trató la conformación de la mencionada Comisión en donde se verifique -entre el SATCH, la Municipalidad y la Policía Nacional- la propuesta para que se apruebe la ordenanza municipal en la cual se establezca una mayor gradualidad o descuento respecto de las sanciones que actualmente se han implementado a través del D.S.03. Asimismo, los dirigentes de transportistas están solicitando pagar las deudas de tránsito hasta antes de la dación de la norma con un beneficio similar al que se les aplica cuando recién cometen las infracciones.
El referido dispositivo nacional salió publicado en el diario oficial El Peruano el jueves 24 de abril de este año. Estas dos tipos de solicitudes se van a ver en la Comisión que se está conformando, y se va a evaluar en el transcurso del lunes de la próxima semana si es o no procedente la propuesta y en su defecto sepueda aprobar el proyecto de ordenanza municipal &ndashde ser caso- en sesión de concejo.
Se debe precisarque la deuda de papeletas de tránsito es de aproximadamente 3 millones de nuevos soles, correspondiente a los dos últimos años exigibles para el pago de esta obligación.
Se debe puntualizarque el alcalde Roberto Torres ha aceptado este pedido de los dirigentes transportistas, en el sentidoque a ellos se les está afectando la vigencia del citado decreto supremo, en donde no se establecen descuentos o gradualidad a algunas infracciones que puedan cometer por lo tanto, se va a analizar normativamente si ello puede ser viable. Mientras tanto está vigente el decreto supremo y dependiendo de las infracciones los transportistas deberán cancelarlas, y la recomendación es quedeben evitar que vuelvan a cometer estas infracciones.
El presidente del Corporación Regional de Empresas de Taxis, Segundo García Vásquez, observó que el problema que les genera el Decreto Supremo 03-2014 MTC es que les quita el beneficio del pronto pago, o sea, la gradualidad que tenían todas las papeletas y multas de tránsito.
Eso es lo que se está pidiendo, que se reconsidere -con las facultades que le confiere la ley a las municipalidades- que puedan analizar y hacer una reconsideración en cuanto concierne a la gradualidad , acotó, anotando con el proyecto no se busca una modificación de dicho decreto, sino una reconsideración a la gradualidad porque existe un discriminación, ya la gradualidad sólo alcanza al transporte público y no al particular.
Cabe anotar que según el artículo 5 del referido decreto, las municipalidades provinciales están facultadas para emitir normas y disposiciones complementarias necesarias para la aplicación del presente Reglamento dentro de su respectivo ámbito territorial asimismo, pueden administrar el tránsito de acuerdo al presente Reglamento y las normas nacionales complementarias recaudar y administrar los recursos provenientesdel pago de multas por infracciones de tránsito, e instalar, mantener y renovar los sistemas de señalización de tránsito en su jurisdicción conforme al presente reglamento.
En cuanto a la competencia de fiscalización, las municipalidades pueden supervisar, detectar infracciones, imponer sanciones y aplicar las medidas preventivas que correspondan por el incumplimiento delas disposiciones del presente reglamento y sus normas complementarias así como,inscribir en el Registro Nacional de Sanciones las papeletas de infracción impuestas en el ámbito de su competencia.