<Br>Amplían Beneficios Tributarios A Contribuyentes De La Mpch

Nota de prensa
Amplían Beneficios Tributarios A Contribuyentes De La Mpch
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23 de octubre de 2014 - 12:00 a. m.

*Según Ordenanza Municipal 015-2014 el nuevo plazo es hasta el 31 de diciembre para pagos de impuestos tributarios y no tributarios con descuentos y exoneraciones de multas.

Hasta el 31 de diciembre de este año fue ampliado el plazo para el pago de arbitrios y otras obligaciones con beneficios de descuentos y condonaciones de multas a los contribuyentes de la Municipalidad Provincial de Chiclayo. Así lo señala la Ordenanza Municipal N&deg015-2014-MPCH/A de fecha 17 de octubre, que aprueba el Programa Especial de Regularización y Saneamiento de las Obligatorias Tributarias y No Tributarias, encargando al Servicio de Administración Tributaria de Chiclayo-SATCh el cumpliendo de este dispositivo municipal que firma la alcaldesa Elizabeth Montenegro Dávila.

El plan otorga beneficios de condonación del 100% de los intereses moratorios en tributos y multas correspondientes hasta el ejercicio 2014, siempre que se cancele al contado en forma anual el Impuesto Predial (IP), Impuesto Vehicular (IV), Impuesto de Alcabala (IA) y Convenios de fraccionamiento Arbitrios Municipales de limpieza pública, Parques y jardines, licencia de funcionamiento así como multas administrativas, tributarias y merced conductiva.

La ordenanza otorga beneficios de condonación de arbitrios municipales de limpieza pública, parques y jardines de los ejercicios 1990 al 2004 condonación del 100% de los intereses moratorios, gastos generados de cobranza y costas coactivas que correspondan a dicha deuda.

Asimismo, beneficio de descuento de los arbitrios municipales con pago de Impuesto Predial (IP) correspondiente a la limpieza pública, parques y jardines y Serenazgo por el pago al contado anual de los ejercicios 2005 al 2014 de efectuarse la cancelación del impuesto predial anual insoluto (que no ha sido pagado) del mismo ejercicio.

Igualmente dispone dar beneficio de descuento de los arbitrios municipales de limpieza pública, parques y jardines y Serenazgo con el pago al contado anual del ejercicio 2005 al 2014 que realicen los contribuyentes beneficio de descuento del 20% en contribuyentes sin deuda de arbitrios municipales 2014de limpieza pública, parques y jardines y Serenazgo, por el pago mensual de los meses de octubre a diciembre, siempre que el contribuyente no tenga deuda por esos conceptos hasta el mes de setiembre y se realice hasta la fecha de vencimiento.

También otorga condonación de deudas por convenios de fraccionamiento en estado quebrado que correspondan a los años 1990 hasta el 2004. El pago al contado de la deuda contenida en los convenios de fraccionamientos vigentes o quebrados desde el 2005, podrá efectuarse con un beneficio del 100% de los intereses moratorios y sin costas o gastos.

En cuanto a la exoneración de la multa tributaria, la referida ordenanza municipal señala que la exoneración es por la omisión a la presentación de la declaración jurada del impuesto predial y del impuesto vehicular por inscripción, descargo y actualización de datos de los años 2010 al 2014, a fin de que procedan a regularizar su situación tributaria así también condonar de las multas tributarias impuestas a los contribuyentes que cancelen el 100% de las deudas tributarias por ejercicio por concepto de impuesto predial y el impuesto vehicular.

Además dispone condonar las multas tributarias que no tengan resolución de multa y que correspondan hasta el 2014 y sin deuda tributaria por concepto de impuesto predial e impuesto vehicular.

Otorga beneficio de descuento y condonación de multas por infracciones administrativas impuestas por la municipalidad descuento y condonación de multas por infracciones al tránsito, licencia de funcionamiento, y descuento por merced conductiva.