Juez Amplía A Dos Meses El Plazo Para Retirar A Los Ambulantes: Mercado Modelo

Nota de prensa
Juez Amplía A Dos Meses El Plazo Para Retirar A Los Ambulantes: Mercado Modelo
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4 de diciembre de 2014 - 12:00 a. m.

Medida ser&aacute ejecutada por el gobierno entrante el motivo es que era insuficiente el plazo anterior y la Municipalidad de Chiclayo est&aacute en proceso de transferencia

El Segundo Juzgado Civil de Chiclayo ampli&oacute a dos meses el plazo para que las autoridades de la Municipalidad Provincial de Chiclayo cumplan con retirar a los miles de comerciantes ambulantes que desde mayo de este a&ntildeo volvieron a ocupar los espacios p&uacuteblicos adyacentes al mercado Modelo de donde fueron sacados un mes antes con intervenci&oacuten de la fuerza p&uacuteblica en cumplimiento de una resoluci&oacuten judicial.

La resoluci&oacuten signada con el numeral 76, fue expedida con fecha 01 de diciembre &uacuteltimo por el juez Luis Enrique Ib&aacute&ntildeez V&aacutesquez, encargado del Tercer Juzgado Civil donde se ventila un proceso contencioso administrativo de cumplimiento de resoluci&oacuten sentencia formulado por la Tercera Fiscal&iacutea Provincial de Chiclayo contra la Municipalidad de Chiclayo.

En la parte resolutiva del documento que ya fue notificado a la alcaldesa Elizabeth Montenegro D&aacutevila, se lee lo siguiente: &ldquoAmpliar el plazo concedido en la Resoluci&oacuten N&deg74 en sesenta (60) d&iacuteas h&aacutebiles para el cumplimiento &iacutentegro de la sentencia de vista, bajo apercibimiento de cursarse partes al Ministerio P&uacuteblico para que proceda de acuerdo a sus atribuciones&rdquo.

Cabe anotar que la desocupaci&oacuten de los comerciantes ambulantes estaba programada para el viernes 5 de diciembre, habi&eacutendose coordinado las garant&iacuteas con el comando de la II Dirtepol sin embargo, ante la resoluci&oacuten del juez Luis Ib&aacute&ntildeez esta diligencia ser&aacute cumplida por la administraci&oacuten entrante dentro del nuevo plazo establecido.

El magistrado evalu&oacute toda la documentaci&oacuten de Vista, entre ellos, el escrito de la MunicipalidadProvincial de Chiclayo en la cual se se&ntildeala la imposibilidad de ejecutar la resoluci&oacuten y el desalojo en el plazo que venc&iacutea en la v&iacutespera.

Igualmente, el juez Ib&aacute&ntildeez V&aacutesquez toma en cuenta el Plan de Contingencia del Mercado Modelo por Fiestas Navide&ntildeas 2014 que lleva adjunto el plano de rutas de evacuaci&oacuten, plano de seguridad y plazo de equipos contraincendios.

Un tercer argumento que acogi&oacute el juez es el cambio de autoridad seg&uacuten la Resoluci&oacuten N&deg3056-2014-JNE, de fecha 09 de octubre &uacuteltimo del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que deja sin efecto la credencial otorgada al alcalde Roberto Torres Gonzales, convocando en su lugar a Luz Elizabeth Montenegro D&aacutevila para que asuma como alcaldesa en forma provisional.

De otro lado, obra en el despacho del Tercer Juzgado Civil el Informe N&deg426-2014-MPCH/DGEL de fecha 21 de julio de este a&ntildeo, en la cual se da cuenta del cumplimiento parcial de las mencionadas recomendaciones de INDECI sin embargo, el juez del caso a&uacuten falta cumplir con lo trascendental como es la desocupaci&oacuten de ambulantes de las calles aleda&ntildeas al mercado Modelo, lo que seg&uacuten resalta, se ha convertido en un tema social, lo cual adem&aacutes &ndashdado que se trata de un desalojo masivo- se requiere de instrumentos de gesti&oacuten administrativa que cautele la vida y la integridad de las personas por parte de la PNP y la MPCh.

Finalmente, se considera que actualmente la Municipalidadde Chiclayo est&aacuteen un proceso de transferencia de gesti&oacuten, lo que significar&iacutea que la nueva gesti&oacuten municipal que se instale el 2 de enero del 2015 deber&aacute cumplir con el retiro de los ambulantes en el nuevo plazo establecido. Sin embargo, recalca el juez, que la autoridad saliente deber&aacute alcanzar al Juzgado la documentaci&oacuten de todo lo actuado en el cumplimiento de la sentencia.