Fiscalía Archiva Denuncia Contra Alcalde David Cornejo, Gerente General Y Procuradora Municipal

Nota de prensa
Fiscalía Archiva Denuncia Contra Alcalde David Cornejo, Gerente General Y Procuradora Municipal
Foto 1

10 de noviembre de 2015 - 12:00 a. m.

Fiscal no hall&oacute elementos de convicci&oacuten para establecer responsabilidad en presuntos delitos de usurpaci&oacuten agravada y abuso de autoridad de burgomaestre y funcionarios. Ex vivero ser&aacute zona &uacutenicamente recreacional seg&uacuten O.M. 020-2014

Colegas periodistas, les alcanzamos la nota y fotograf&iacuteas (adjuntas) de las actividades de la MPCh. Agradecemos su difusi&oacuten.

El fiscal Javier Quiroz Grosso, dispuso no formalizar ni continuar la investigaci&oacuten preparatoria contra el alcalde David Cornejo Chinguel, la procuradora municipal Edith Rosario Cancino Gamarra y el gerente general de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Abog. Ruperto Castellanos Custodio, por la presunta comisi&oacuten de los delitos de usurpaci&oacuten agravada, da&ntildeo agravado, abuso de autoridad, usurpaci&oacuten de funciones y fraude procesal.

El representante del Ministerio P&uacuteblico tambi&eacuten orden&oacute el archivamiento definitivo de todos los actuados en esta denuncia que formularon contra el alcalde y los citados funcionarios los comerciantes que hasta el 9 de setiembre pasado ocuparon el exvivero forestal de la calle Manuel Pardo, en una extensi&oacuten de 2,623m2 de propiedad municipal.

La decisi&oacuten del fiscal Quiroz Grosso est&aacute contenida en la Disposici&oacuten N&deg01 de No Formalizaci&oacuten de la Investigaci&oacuten Preparatoria, de fecha 6 de octubre &uacuteltimo, reca&iacuteda en la Carpeta Fiscal 3585-2015, y se basa en la valiosa documentaci&oacuten que el representante del Ministerio P&uacuteblico logr&oacute recabar en la Procuradur&iacutea Municipal, como el Acuerdo Municipal N&deg 068-A- 200, del 29.8.2000 para recoger elementos de convicci&oacuten.

Dicho acuerdo municipal aprueba la ampliaci&oacuten de uso del terreno del exvivero, ubicado entre las calles Manuel Pardo, Juan Cuglievan, Jos&eacute Pardo y Alfonso Ugarte, y convertirlo en centro de recreaci&oacuten de acuerdo al expediente t&eacutecnico aprobado por Resoluci&oacuten de Alcald&iacutea N&deg176-2000-MPCH/A del 25 de febrero de ese a&ntildeo y mediante Ordenanza Municipal N&deg020-2004-GPCH de fecha 19 de mayo 2004.

La Ordenanza Municipal N&deg020-2004-GPCH de fecha 19 de mayo 2004, es m&aacutes concluyente, &ldquoordena que el uso del terreno anteriormente descrito, ser&aacute exclusivamente de recreaci&oacuten con el fin de prevenir y mitigar cualquier siniestro que pudiera suceder en el mercado Modelo de la ciudad de Chiclayo.

Adem&aacutes, en el an&aacutelisis de este caso realizado por el fiscal Javier Quiroz, se establece que el alcalde David Cornejo, el gerente general Ruperto Castellanos y la procuradora municipal Edith Cancino, actuaron &uacutenicamente dando cumplimiento a una disposici&oacuten fiscal civil y la sentencia de fecha 12 de junio del 2014, emitida por el S&eacutetimo Juzgado Civil de Chiclayo, que ordena el cumplimiento de la O.M. 020-2004-GPCH y otorga al municipio un plazo de 15 d&iacuteas iniciar los tr&aacutemites administrativos para la recuperaci&oacuten y destino del uso del &aacuterea del exvivero forestal Manuel Pardo. Esta sentencia fue confirmada por la Sala Constitucional de la&nbsp Corte Superior de Justicia de Lambayeque.

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Chiclayo, 10 de noviembre de 2015