Fiscalía Archiva Denuncia Contra Alcalde David Cornejo, Gerente General Y Procuradora Municipal
Nota de prensa
10 de noviembre de 2015 - 12:00 a. m.
Fiscal no halló elementos de convicción para establecer responsabilidad en presuntos delitos de usurpación agravada y abuso de autoridad de burgomaestre y funcionarios. Ex vivero será zona únicamente recreacional según O.M. 020-2014
Colegas periodistas, les alcanzamos la nota y fotografías (adjuntas) de las actividades de la MPCh. Agradecemos su difusión.
El fiscal Javier Quiroz Grosso, dispuso no formalizar ni continuar la investigación preparatoria contra el alcalde David Cornejo Chinguel, la procuradora municipal Edith Rosario Cancino Gamarra y el gerente general de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Abog. Ruperto Castellanos Custodio, por la presunta comisión de los delitos de usurpación agravada, daño agravado, abuso de autoridad, usurpación de funciones y fraude procesal.
El representante del Ministerio Público también ordenó el archivamiento definitivo de todos los actuados en esta denuncia que formularon contra el alcalde y los citados funcionarios los comerciantes que hasta el 9 de setiembre pasado ocuparon el exvivero forestal de la calle Manuel Pardo, en una extensión de 2,623m2 de propiedad municipal.
La decisión del fiscal Quiroz Grosso está contenida en la Disposición N°01 de No Formalización de la Investigación Preparatoria, de fecha 6 de octubre último, recaída en la Carpeta Fiscal 3585-2015, y se basa en la valiosa documentación que el representante del Ministerio Público logró recabar en la Procuraduría Municipal, como el Acuerdo Municipal N° 068-A- 200, del 29.8.2000 para recoger elementos de convicción.
Dicho acuerdo municipal aprueba la ampliación de uso del terreno del exvivero, ubicado entre las calles Manuel Pardo, Juan Cuglievan, José Pardo y Alfonso Ugarte, y convertirlo en centro de recreación de acuerdo al expediente técnico aprobado por Resolución de Alcaldía N°176-2000-MPCH/A del 25 de febrero de ese año y mediante Ordenanza Municipal N°020-2004-GPCH de fecha 19 de mayo 2004.
La Ordenanza Municipal N°020-2004-GPCH de fecha 19 de mayo 2004, es más concluyente, &ldquoordena que el uso del terreno anteriormente descrito, será exclusivamente de recreación con el fin de prevenir y mitigar cualquier siniestro que pudiera suceder en el mercado Modelo de la ciudad de Chiclayo.
Además, en el análisis de este caso realizado por el fiscal Javier Quiroz, se establece que el alcalde David Cornejo, el gerente general Ruperto Castellanos y la procuradora municipal Edith Cancino, actuaron únicamente dando cumplimiento a una disposición fiscal civil y la sentencia de fecha 12 de junio del 2014, emitida por el Sétimo Juzgado Civil de Chiclayo, que ordena el cumplimiento de la O.M. 020-2004-GPCH y otorga al municipio un plazo de 15 días iniciar los trámites administrativos para la recuperación y destino del uso del área del exvivero forestal Manuel Pardo. Esta sentencia fue confirmada por la Sala Constitucional de la  Corte Superior de Justicia de Lambayeque.
 
Chiclayo, 10 de noviembre de 2015