Hipermercados Tienen Un Año Para Hacer Uso De Sus Operadores Logísticos En El Cercado
Nota de prensa
13 de junio de 2019 - 12:00 a. m.
*Al término del plazo solo podrán trasladar su mercadería en vehículos menores, según la ordenanza municipal 07-2019.
En conferencia de prensa que contó con la presencia de procurador público municipal, Fermín Electo Valdivieso Villena, funcionarios de la Gerencia de Desarrollo Vial y Transportes y dos miembros de la Comisión de Transportes del Concejo Municipal, descartaron que la aplicación de la Ordenanza Municipal N° 07-2019 sea para favorecer a personas del entorno del alcalde Marco Gasco que tienen vehículos de carga de grande tonelaje.
El gerente de Desarrollo Vial y Transportes, Segundo Alejandro Soraluz Piñella, señaló que asumía cualquier responsabilidad que pudiera recaerle como autor de la iniciativa del proyecto de ordenanza que permite el acceso del transporte público de carga y descarga a la ciudad de Chiclayo. Anotó que la ordenanza cuenta con opinión técnica de la Gerencia de Infraestructura Pública y la opinión favorable de Asesoría Jurídica, no siendo obligatorio para su aprobación contar con informe de EPSEL.
Aseguró, que según el estudio y la verificación realizada en el circuito vial obligatorio para vehículos que prestan servicio de transporte público pesado de carga y descarga dentro de la ciudad de Chiclayo, las calles comprendidas en el circuito, sí pueden resistir unidades de 3.5 a más toneladas con autorización municipal y no como la hacían en la gestión anterior en que unidades de hasta 45 toneladas entraban como Pedro en su casa sin permiso, desoyendo la ordenanza municipal 006-2012 y el decreto de alcaldía 002-2017, y nadie dijo nada.
La ordenanza en cuestión prohíbe el ingreso de unidades vehiculares de carga y descarga en la ciudad de Chiclayo, sin autorización  municipal, las mismas que serán sancionadas conforme al cuadro de infracciones y sanciones (Cuis) del transporte en la provincia.
Establece que los grandes almacenes que operan dentro del anillo vial, en un plazo de un año, deberán tener sus operadores logísticos fuera del anillo vial obligatorio y al término de los 12 meses trasladarán su mercadería en vehículos menores evitando el ingreso de vehículos pesado de 30 toneladas al circuito establecido.
El procurador público municipal, Fermín Electo Valdivieso Villena, señaló que la O.M. 07-2019 está basada en la normatividad y los informes mencionados, no advirtiendo ningún ilícito penal. Respecto a la denuncia penal, acotó que habría de manera informal contra los autores, la Procuraduría Municipal esperará lo que determine la Fiscalía para tomar las acciones que a que hubiera lugar.
En la mesa de la conferencia estuvo el alcalde Junior Vásquez, en representación del alcalde Marco Gasco su colega Pedro Ubillús Torres, miembro de la Comisión de Transporte el procurador  Fermín Valdivieso Villena, el asesor legal José Flores Cabanillas el gerente de Desarrollo Vial y Transporte, Segundo Soraluz Piñella el subgerente de Seguridad Vial y Transporte, Luis Farro Mori y el subgerente de Transporte, Julio Armas Alcalde.