Alcalde Gasco Dispone Que Se Aplique Ley Antisoborno En La Municipalidad Provincial De Chiclayo: Atención Es Gratuita!

Nota de prensa
Alcalde Gasco Dispone Que Se Aplique Ley Antisoborno En La Municipalidad Provincial De Chiclayo: Atención Es Gratuita!
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13 de enero de 2020 - 12:00 a. m.

*En todas las oficinas administrativas se colocar&aacute letreros informando a los contribuyentes que los tr&aacutemites son gratuitos y cumpliendo los plazos de ley.

Las Gerencias, Sub Gerencias y &Oacuterganos Desconcentrados de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, est&aacuten obligado a cumplir y hacer cumplir los alcances de la Ley 30424 o Ley Antisoborno, por medio de la cual se establece la responsabilidad penal de las personas jur&iacutedicas por soborno.

La aplicaci&oacuten de la citada norma es por disposici&oacuten del alcalde Marcos Gasco Arrobas, quien adem&aacutes orden&oacute que en cada oficina de la municipalidad se coloque peque&ntildeos letreros informando al p&uacuteblico que los tr&aacutemites administrativos en la entidad son gratuitos, quedando prohibido pago por cualquier concepto al funcionario o empleado del &Aacuterea respectiva.

De esta forma se busca prevenir actos de corrupci&oacuten en la municipalidad, como el pago de coima para acelerar un tr&aacutemite u obtener resoluci&oacuten favorable, como suced&iacutea en los dos gobiernos anteriores de Los Limpios de la Corrupci&oacuten y Los Temerarios del Crimen, respectivamente en los cuales se pagaba diezmos por obras y servicios que se entregaban mediante procesos de selecci&oacuten irregulares, coment&oacute la autoridad municipal.

Se subraya que esta ley y otras normas complementarias, se aplican a todas las formas y tama&ntildeos de personas jur&iacutedicas, p&uacuteblicas y privadas, incluidas las personas jur&iacutedicas de hecho, tales como asociaciones, comit&eacutes y entidades irregulares. La responsabilidad penal se aplica de forma independiente a la persona jur&iacutedica y no requiere de la acci&oacuten o conducta de un individuo.

El solo hecho de percibir beneficio de conductas ilegales de empleados o agentes de la empresa es suficiente para imputarla. Las penas y sanciones se cuantifican sobre la base del beneficio derivado del soborno y el ingreso anual de la persona jur&iacutedica.

En la actual gesti&oacuten se aplica instrumentos correctivos de pr&aacutecticas inadecuadas y antijur&iacutedicas que afectan la imagen de la instituci&oacuten. Estos instrumentos son C&oacutedigo de Conducta, C&oacutedigo de la Funci&oacuten P&uacuteblica, y est&aacute en proceso de implementaci&oacuten el Sistema de Control Interno-SCI adem&aacutes est&aacute el dispositivo que obliga a los funcionarios dar respuesta a los tr&aacutemites en los plazos de ley.