Municipalidades Podrían Contar Con Centros De Atención Primaria En Pruebas Rápidas Covid-19
Nota de prensa
25 de junio de 2020 - 12:00 a. m.
*Ejecutivo nacional estudia el lanzamiento de estrategia coordinado con Red de Alcaldes y organismos de Salud.
*Tema se trató en Lima, alcalde Marcos Gasco se reunió con Pilar Mazetti Soler, responsable del Comando de Operaciones de Lucha contra el COVID-19.
El gobierno nacional estudia la posibilidad de concretar en cualquier momento el lanzamiento de un trabajo coordinado para tener en las municipalidades centros de atención primaria municipal en la lucha contra el nuevo coronavirus.
La información trascendió de buena fuente luego de la reunión que sostuvo en Lima el alcalde de Chiclayo, Marcos Gasco, con la doctora Pilar Mazetti Soler, responsable del Comando de Operaciones de Lucha contra el COVID-19. La reunión fue en la sede del comando.
Al parecer, el Ejecutivo busca que el comando nacional COVID-19 se mantenga coordinando de manera permanente en red con los alcaldes distritales y los organismos de salud, para aplicar las medidas que se considere necesarias para la prevención y control involucrando activamente a los gobiernos locales.
Los centros de atención primaria municipal son para tener pruebas rápidas, entrega de kits de medicina para la atención de la enfermedad en primera fase y evitar que los afectados vayan a los hospitales. Igualmente, coordinar con el Ministerio de Salud (Minsa) para que lleven la bolsa de víveres y realicen el seguimiento de los positivos del coronavirus.
En la página online municipioaldia se señala que las municipalidades puedan realizar contrataciones o adquisiciones siempre que se encuentren dentro de sus competencias y la explicación está en que pueden adquirir mascarillas y distribuirlas entre la población. Pueden disponer de recursos para la adquisición de la canasta de víveres o adicionar presupuesto de sus recursos propios, según el decreto supremo que establece medidas para reducir el impacto en la economía peruana incluso contratar médicos y enfermeras en la medida que administren postas médicas.
Subraya que la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley 27972 señala que son funciones específicas compartidas de las municipalidades provinciales, gestionar la atención primaria de salud, así como construir y equipar postas médicas, botiquines y puestos de salud en los centros poblados que los necesiten, en coordinación con las municipalidades provinciales, los centros poblados y los organismos regionales y nacionales pertinentes.
Además de esta ley, está el D.U. 033-2020 que establece medidas para reducir el impacto en la economía peruana, as disposiciones de prevención establecidas en la declaratoria de estado de emergencia nacional ante los riesgos de propagación del Covid&ndash19 D.U. 025-2020, Medidas urgentes y excepcionales destinadas a reforzar el Sistema de Vigilancia y Respuesta Sanitaria frente al COVID-19 en el territorio nacional y D.S. 008-2020-SA que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19.