Alcalde Roberto Torres Advierte: Fuertes Multas Y Cierre De Locales Por Permitir Ingreso A Menores De 18 Años A Cabinas De Internet

Nota de prensa
Alcalde Roberto Torres Advierte: Fuertes Multas Y Cierre De Locales Por Permitir Ingreso A Menores De 18 Años A Cabinas De Internet
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29 de enero de 2009 - 12:00 a. m.

La Municipalidad Provincial de Chiclayo sancionará con cierre de locales y multas del orden de media Unidad Impositiva Tributaria (UIT) equivalente a 1775 Nuevos Soles, a los establecimientos que ofrecen servicios cabinas de Internet y permiten el ingreso de menores de edad de 18 años a páginas web, portales, chats o programas cuyo contenido pornográfico u otros atenten contra la moral, las buenas costumbres, el desarrollo espiritual y psicológico, tal como lo señala la ordenanza municipal Nº 009.

En tal sentido el Alcalde Provincial de Chiclayo Econ. Roberto Torres Gonzáles, hizo una severa advertencia sobre tal medida a los dueños o conductores de establecimientos autorizados a prestar servicios de cabinas de Internet a fin de que cumplan estrictamente la ordenanza.

Quienes que no cuenten con espacios adecuados para la utilización de los menores de 18 años, ubicados en sitios visibles de manera que se encuentren bajo la supervisión directa del propietario o administrador del establecimiento, serán sancionados con la aplicación de una multa equivalente al 20 por ciento de la UIT, por segunda vez se aplicará el 50 por ciento y de reincidir se sancionará con la clausura definitiva del establecimiento.

Todos los establecimientos autorizados para el funcionamiento de cabinas de internet deberán exhibir en el interior de sus locales, avisos preventivos ubicados en lugares visibles al usuario, en los cuales se consignará la prohibición de acceso de páginas web de contenido pornográfico, cuyo aviso deberá tener 0.50 centímetros de largo por 0.30 de ancho en cartulina folkote color blanco y deberá contar con el visto bueno de la Gerencia de Servicios Sociales de la Municipalidad Provincial de Chiclayo y, quienes incumplan se les sancionará con la aplicación de una multa equivalente al 20 por ciento de la UIT, por primera vez, por segunda vez se le sancionará con una multa del 50 por ciento y en caso de reincidencia se aplicará la clausura definitiva.

Igualmente los establecimientos autorizados para la prestación de dichos servicios están obligados a implementar mecanismos de seguridad de softwares especiales que garanticen el uso de Internet con restricciones a páginas de contenido pornográfico o similares a menores de edad. En ningún caso los menores de 18 años de edad, podrán hacer uso de las denominadas cabinas privadas y similares, bajo expresa responsabilidad de los propietarios o administradores y, en caso de incumplimiento la multa es de media UIT y en caso de reincidencia la sanción es cierre de local.