197 Trabajadores De La Municipalidad Incorporados A La Carrera Administrativa
Nota de prensa
17 de marzo de 2009 - 12:00 a. m.
Mediante Resolución de Alcaldía Nº 084 del 16 de marzo, la Municipalidad provincial de Chiclayo incorporó a la carrera administrativa pública a partgir del 1 de marzo del presente año, a 197 trabajadores empleados contratados permanentes, pertenecientes a los grupos ocupacionales profesional, técnico y auxiliar, cumpliéndose así un anhelo laboral que los trabajadores gestionaban durante 15 años.
Con la firma de esta Resolución, el Alcalde Provincial Econ. Roberto Torres Gonzáles, da cumplimiento a su ofrecimiento que hizo a los trabajadores de otorgarles este importante beneficio laboral.
El exgreso que demanda el cumplimiento de la presente resolución se afectará a las partidas correspondientes de acuerdo a la existencia de la disponibilidad presupuestal.
La presente Resolución tiene efecto y validez a partir del 1º de marzo del ejercicio presupuestal 2009 y no genera ni reconoce deuda por devengados o cualquier otro beneficio remunerativo a ejercicios anteriores y dispone dejar sin efecto cualquier disposición municipal que se oponga a dicho dispositivo.
En el Grupo Ocupacional Profesional-Nivel Remunerativo (SPF) se incorporó a 15 empleados, en el Grupo Ocupacional Técnico - Nivel Remunerativo (STF) a 26 y en el Grupo Ocupacional Técnico-Nivel Reminerativo (SAE) a 156.
La Comisión encargada de la evaluación para la incorporación a la Carrera Administrativa del Empelados Contratado permanente estuvo presidida por el Gerente General Julio García Torres e integrada por el Gerente de Recursos Humanos Elky Morales Ganoza, Gerente de Asesoría Jurídica Segundo Germán Vásquez Merino, el Secretario General del SIPTRAMUNCH Víctor Sarmiento Pérez y el Secretario de Defensa del SIPTRAMUNCH Guillermo Ñiquen Rentería.
La parte considerativa precisa que debe emitirse el acto administrativo correspondiente, conceptuándolo como la declaración de la entidad que el marco de las Normas de Derecho Público están destinadas a producir efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados dentro de una situación concreta, en aplicación de los deberes de las autoridades en los procedimientos contenidos en el artículo 75º de a Ley General de Procedimientos Adminustrfativos Nº 27444.