Realiza El Personal De Serenazgo: Campaña Contra Lavado De Carros En Las Calles Y Los Ruidos Molestos
Nota de prensa
4 de agosto de 2008 - 12:00 a. m.
El personal de Serenazgo del Gobierno Provincial de Chiclayo viene llevando a cabo diariamente una campaña orientada a evitar que se ensucien las calles debido al lavado de vehículos y contra los ruidos molestos generados por los choferes y tricicleros que venden frutas y otros productos. Al mismo tiempo se les recuerda las normas municipales que prohíben el lavado de vehículos en las calles porque representa un atentado contra el ornato y la salud pública, pues los desechos que quedan en la calzada contaminan el ambiente. En efecto, la Ordenanza Municipal Nº 038 del 2003, dispone la prohibición del lavado de vehículos en la vía pública y sanciona con una multa equivalente al 5 por ciento de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) que es 3,500 soles, vigente a la fecha de pago, aplicable a los conductores de vehículos que utilicen la vía pública para realizar o permitir en lavado de sus carros en las calles. Los operativos son dirigidos personalmente por el encargado de Seguridad Ciudadana, Darío Fernández Ramos, cumpliendo las directivas del Alcalde Provincial Econ. Roberto Torres Gonzáles, en salvaguarda de mantener limpia la ciudad. Producto de estas acciones, el personal de Serenazgo viene incautando diariamente baldes y otros utensilios a las personas que se encargan de lavar carros en la vía pública. Esta acción fue emprendida debido a que últimamente muchas de las calles se han convertido en lavaderos de carros, representando un atentado al ornato y a la higiene, todo lo cual repercute en contra de la salud pública. De igual manera se viene controlando los ruidos molestos producidos por el exceso del uso del claxon de todo tipo de vehículos, lo cual genera malestar entre las personas, así como también representa un atentado a la salud. Esta infracción está contenida en la Ordenanza Municipal Nº 015, la cual señala que está prohibida la generación de ruidos nocivos o molestos, cualquiera fuera su origen y el lugar en que se produzca, por lo que está prohibido el uso de bocinas, altoparlantes, megáfonos, equipos de sonido, escape libre de vehículos motorizados, sirenas, silbatos, petardos o cualquier otro ruido, que por su intensidad de duración y persistencia ocasiona molestias al vecindario. Los infractores a los ruidos molestos son sancionados con multas que van desde el uno hasta el siete por ciento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).