Municipalidad Provincial De Chiclayo Regulariza Multa Por Licencia De Obra

Nota de prensa
Municipalidad Provincial De Chiclayo Regulariza Multa Por Licencia De Obra
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10 de noviembre de 2008 - 12:00 a. m.

El Concejo Provincial de Chiclayo, en sesión ordinaria de fecha 27 de Octubre, aprobó la Ordenanza Municipal Nº 014 aprobando la regularización de licencia de obra y exoneración de multa administrativa. En efecto, el artículo primero de la citada Ordenanza precisa: aprobar la reducción de la multa por regularización de licencia de obra, a la que podrán acogerse los propietarios (personas naturales) de las edificaciones construidas, para fines de vivienda unifamilar, sin licencia de obra en terrenos con y sin habilitación urbana, cuyo pago de multa será de 1% del valor de la obra, en áreas no mayores a 160 metros cuadrados efectuados con anterioridad al 30 de S etiembre del 2008. El artículo 2º autoriza provisionalmente al SATCH, durante la vigencia del presente beneficio y de manera conjunta con la Gerencia de Urbanismo a efectuar las liquidaciones de oficio que correspondan, previa inspección que efectuará la Gerencia de Urbanismo a través de la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro. Así mismo se indica que el SATCH luego de realizada la liquidación y el cobro de la misma, y cuando se trae de liquidaciones de oficio, comunicará a la Gerencia de Urbanismo para la continuación del proceso de regularización conforme lo estipulado en el TUPA de la Municipalidad, remitiendo los expedientes formados durante la ejecución del presente procedimiento. El artículo 3º precisa establece que la presente Ordenanza tendrá una vigencia indefectible hasta el 31 de diciembre del 2008, ya esta podrán acogerse loa administrados propietarios de las construcciones que cumplan los parámetros urbanísticos y edificaciones establecidos por la Municipalidad. El Art. 4º dispone que los infractores que se acojan a la presente Ordenanza, cuyo proceso de cobranza por construcción de viviendas unifamiliares o bifamiliares, se encuentren con procedimiento ordinario y/o coactivo iniciado a la fecha de expedición, podrán acogerse a la regularización de la misma, hasta por liquidaciones generadas por construcciones efectuadas en un área no mayor e igual a 160 metros cuadrados. Las construcciones con uso diferentes (servicios, multifamiliares distintos a unifamiliares o bifamiliares y comercio) no se encuentran comprendidas en beneficio señalado. Las viviendas unifamiliares y bifamiliares que superen o excedan el área máxima señalada solo podrán beneficiarse con la presente Ordenanza hasta la reducción de multa por los primeros 160 metros cuadrados, la diferencia se calculara con multa conforme a ley. El trámite que deberá seguir el proceso de regularización será semejante al que se realiza para la expedición de la licencia de obra, pero vía regularización: Presentación de expediente técnico (de acuerdo al tipo de construcción efectuada, cuyos requisitos están establecidos por el TUPA. En la liquidación correspondiente se aplicará lo establecido en la presente Ordenanza. Los pagos respectivos se realizarán en las oficinas del SATCH.