Resolución Gerencial N.° 0205-2016-MPCH-GM

10 de noviembre de 2016

ARTICULO PRIMERO: RESOLVER DE PLENO DERECHO Y EN FORMA DEFINITIVA EL CONTRATO N°; 21-2016-MPCH-GM de fecha 20 de Junio del 2016 - DE ACEITE VEGETAL; contrato suscrito entre Ia Municipalidad Provincial de Chiclayo y el GRUPO COMERCIAL TOYITA S.A.C., a traves de su Representante Sr. Gary Alberto Coronado Fernandez, por la causal de Incumplimiento injustificado de obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello (prevista en el Articulo 135°; del Reglamento de Ia Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo N°; 350-2015-EF); conforme los fundamentos expuestos en Ia presente Resolución.

ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR VIA CARTA NOTARIAL al Contratista GRUPO COMERCIAL TOYITA S.A.C., a traves de su representante Sr. Gary Alberto Coronado Fernandez, que el Contrato N°; 21-2016-MPCH/GM queda resuelto de pleno derecho en forma definitiva por incumplimiento de Ia prestaci6n, pese a haber sido requerido para corregir tal situacion; conforme establece Ia normatividad legal vigente.

ARTICULO TERCERO: APLICAR al GRUPO COMERCIAL TOYITA S.A.C., POR CONCEPTO DE PENALIDAD POR RETRASO INJUSTIFICADO EN LA EJECUCION DE SUS PRESTACIONES suscritas en el CONTRATO N°; 21-2016-MPCH/GM, (la Entidad aplicara una penalidad por cada dia de retraso, hasta por un monto maxima equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o de ser el caso del monto del Item que debi6 ejecutarse, en concordancia con el articulo 165°; del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado).

ARTICULO CUARTO: Que a traves de su Despacho ponga en conocimiento del Organo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE el accionar del GRUPO COMERCIAL TOYITA S.A.C, y sea de aplicacion la sancion de inhabilitacion temporal prevista en el articulo 50.2 acapite ;b) ; de Ia Ley de Contrataciones del Estado.

ARTICULO QUINTO: Elevar todo lo actuado a Procuradurí;a de Ia Municipalidad Provincial de Chiclayo para que conforme a sus funciones y atribuciones evalue Ia pertinencia de interposición de Ia demanda por indemnizacion por los mayores darios y perjuicios irrogados, conforme establece la normatividad legal aplicable.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE ;

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RG-205-2016-MPCH-GGfuTp8

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