Resolución de Alcaldía N.° 0703-2016-MPCH-A
23 de mayo de 2016
ARTICULO PRIMERO: RESTABLECER los efectos juridicos de la i) ResoluciOn de Gerencia N° 207-2011/MPCH/GTT de fecha 25 de Febrero del 2011 que declara IMPROCEDENTE lo solicitado mediante expediente administrativo N° 023946 de fecha 22 de Setiembre del 2010 promovido por JOSE MANUEL BAZAN FLORES en su condici6n de Gerente General de la Empresa de Transportes y Servicios ;Los Milagros de MonsefU ; SAC ksobre Ampliacian de ruta; ii) Resolucion de Gerencia N° 469- 2010/MPCH/GTT de fecha 11 de Abril del 2011, que declare IMPROCEDENTE el Recurso de Reconsideracion contra la ResoluciOn de Gerencia N° 207-2011/MPCH/GTT; y iii) Resolucion de Alcaldia N° 559/2011-MPCH/A de fecha 27 de Junio del 2011 que declare IMPROCEDENTE el Recurso Administrativo de ApelaciOn contra la Resolucion de Gerencia N° 469-2010/MPCH/GTT de fecha 11 de Abril del 2011. En consecuencia DEJAR SIN EFECTO la AUTORIZACI ON DE AMPLIACION DE RUTA y LAS TARJETAS UNICAS DE CIRCULACION otorgadas mediante via cautelar en la ruta interurbana Monsef6 - Chiclayo en el itinerario MonsefU - Chacupe - La Victoria - Jose Leonardo Ortiz (Centro de Abastos Los Patos) y viceversa. ;
ARTICULO SEGUNDO: AUTORIZAR a la Gerencia de Desarrollo Vial y Transporte y la Sub Gerencia de Transporte ejecuten las acciones administrativas necesarias, haciendo use de los apremios legales que garanticen el cumplimiento de lo dispuesto.
ARTICULO TERCERO: ENCARGAR a la Procuraduria Publica Municipal que remita copia del acto resolutivo que se genere del presente informe a la Señora Juez del Primer Juzgado Civil de Chiclayo, dando conocer el cumplimiento de esta entidad a lo dispuesto por la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Chiclayo; asi como de hacer efectivo el cobro de la contracautela senalada en la Resolucion N° SIETE de fecha 06 de Diciembre del 2013 por el dano provocado por la ejecucion cautelar.
ARTICULO CUARTO: NOTIFICAR a los interesados lo resuelto, para los fines que estimen por conveniente.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE. ;