Resolución de Alcaldía N.° 0969-2019-MPCH-A

12 de setiembre de 2019

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR LA CADUCIDAD a favor de la Municipalidad Provincial de Chiclayo el PUESTO N°; 431 Y 432 - SECCION VERDURAS DEL MERCADO JOSE BALTA DE CHICLAYO, el cual infringe las normas municipales y nacionales vigentes; ya que no tiene Resolución de Conducción y segun Informe Legal N°; 75-2019-MPCH-GDU.JSRC del 11.07.2019, la Gerencia de Desarrollo Urbano; seliala que, se debe declarar la caducidad y disponer la reversion de los referidos puestos; asimismo, el Informe N°; 64-2019-MPCH-ADMMDO. ;JOSE BALTA ; el administrador del Mercado Jose Balta; seliala que, le conductora titular es done MARIA LIZA BALLENA, con Codigo de Contribuyente N°; 503260, la misma que tiene deuda por merced conductive, por el importe de S/. 1701.00 SOLES.

ARTiCULO SEGUNDO.- DISPONER LA REVERSION a dominio municipal del puesto N°;431 Y 432 - SECCION VERDURAS DEL MERCADO JOSE BALTA DE CHICLAYO, señalados en el articulo precedente, conforme lo senate la 0.M N°; 017-2005-GPCH

ARTICULO TERCERO.- ENCARGAR al administrador del Mercado Jose Balta, en coordinación con la Sub Gerencia de Promocion Empresarial y Formalización del Comercio y el Centro de Gestión Tributaria de Chiclayo -CGT, tomen las acciones administrativas y legales correspondientes, conforme sus competencias, para la desocupacion del puesto y efectue la recuperacion de la deuda conforme al Art. 41, 43 y 44 del Reglamento de Mercados procediendose a la ejecuci6n de estas acciones con el apoyo de la Sub gerencia seguridad ciudadana y fiscalizacion.

ARTICULO CUARTO.- OTORGAR a JOSE ANTONIO ROJAS CARRILLO la Conducción del PUESTO N°; 431 Y 432 - SECCION VERDURAS DEL MERCADO JOSE BALTA DE SHICLAYO; respetandose las disposiciones establecidas en la Ordenanza Municipal N°; 017-2005- ERPT\iCIA PCH,procediendose con emitir el acto resolutivo correspondiente, conforme a los fundamentos expuestos en la presente resolucion.

ARTICULO QUINTO.- ENCARGAR al Centro de Gestión Tributaria de Chiclayo, actualizar el padrón y registro informatico del referido puesto y/o tienda.

ARTICULO SEXTO.- NOTIFICAR, al interesado; asi como a la Sub Gerencia de Promoción Empresarial y Formalización del Comercio.

ARTiCULO SEPTIMO.- ENCARGAR a la Gerencia de Imagen Institucional y Relaciones Publicas su publicacion conforme a Ley, y a la Gerencia de Tecnologia y Comunicación la difusi6n y publicacion en el portal de la Municipalidad Provincial de Chiclayo. www.munichiclayo .gob.pe ;

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RA-969-2019-MPCH-AC7leS

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