Resolución de Alcaldía N.° 0545-2019-MPCH-A

15 de mayo de 2019

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- DISPONER que en cumplimiento del Mandato Judicial contenido en Ia sentencia expedida por el Señor Juez del Primer Juzgado Civil (Resolución número Siete de fecha 19 de abril del 2017 - expediente judicial N°2904-2015), Declarar la Nulidad de Ia Resolución de Alcaldia N°1058-2015-MPCH/A en merito a los considerandos antes expuestos.

ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR PROCEDENTE el recurso de Apelacion presentado Mediante expediente administrativo N°035036 por el administrado Anibal Bardales Malaber, Gerente General de Ia Empresa de Transportes Bardales SRL., contra Ia Resolucion ficta denegatoria de reconsideracion contra la Resolucion de Gerencia N°1394-2014-MPCH/GDVyT, y en consecuencia de lo anterior la Gerencia de Desarrollo Vial y Transportes proceda a Ia calificacion de Ia petición administrativa contenida en el Expediente Administrativo N° 04618 y N° 018715 del 16 de febrero y 23 de mayo del 2014, presentado por Ia Empresa de Transportes Bardales SRL teniendo en cuenta el considerando quinto de la Resolución numero Siete de fecha 19 de abril del 2017 - expediente judicial N°2904-2015.

ARTICULO TERCERO.- ENCARGAR a la Procuraduria Pública Municipal conforme a sus funciones comunique al organo jurisdiccional correspondiente, a fin de que se de por cumplido el mandato y deje sin efecto cualquier apercibimiento que hubiese decretado.

ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldia a la Procuraduria Pública Municipal, Gerencia de Desarrollo Vial y Transportes y demas areas pertinentes de la Corporacion Municipal, con conocimiento de Ia parte interesada.

ARTICULO QUINTO.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Secretaria General, hacer conocimiento a los interesados y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Relaciones Públicas y Gerencia de Tecnologia de Ia Informacion y Estadistica Ia difusión y publicación en el portal de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, www.munichiclayo.gob.pe.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

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RA-545-2019-MPCH-ATOeKe

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