Resolución de Alcaldía N.° 0206-2019-MPCH-A
14 de febrero de 2019
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO de la Adjudicación Simplificada N° 030-2018-MPCH - Primera convocatoria para la contratación de la ejecución de la obra Creación del Complejo Deportivo Municipal en Ia Urb. Ciudad del Chofer - I etapa Construcción del Cerco Perimetrico, Distrito de Chiclayo, Provincia de Chiclayo - Departamento de Lambayeque , retrotrayendose el procedimiento de selección hasta la etapa de convocatoria, previa reformulación de bases, por los fundamentos expuestos.
ARTICULO SEGUNDO.-. DEJAR SIN EFECTO la buena pro de la Adjudicación Simplificada N° 030-2018-MPCH - Primera convocatoria para la contratación de la ejecución de la obra Creación del Complejo Deportivo Municipal en la Urb. Ciudad del Chofer - I etapa Construcción del Cerco Perimetrico, Distrito de Chiclayo, Provincia de Chiclayo - Departamento de Lambayeque , otorgada al Consorcio Sipan, Integrado por las empresas Constructora Costanera S.A.C. y Gold Coast Company S.A.C., por los fundamentos expuestos.
ARTICULO TERCERO.- REALIZAR LA FISCALIZACION POSTERIOR, conforme a lo indicado en el fundamento 28 de Ia Resolución N°27-2019-TCE-S4, debiendo comunicar sus resultados al Tribunal de Contrataciones en un plazo de treinta (30) dias hábiles desde la fecha de notificación de la Resolucion N°27-2019-TCE-S4, bajo responsabilidad.
ARTICULO CUARTO.- DISPONER que la Sub Gerencia de Logística y Servicios Internos publique Ia Resolución a emitirse en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) del OSCE.
ARTICULO QUINTO.- DISPONER que la Sub Gerencia de Logistica y Servicios Internos solicite la devolución de los antecedentes administrativos del presente proceso en Ia Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones dentro del plazo de treinta (30) dias calendario de notificada Ia Resolución N°27-2019-TCE-S4, debiéndose autorizar por escrito a la persona que realizara dicha diligencia.
ARTICULO SEXTO.- REMITIR copias de lo resuelto al Organo de Control Interno de Ia Municipalidad Provincial de Chiclayo (OCI), y a la Secretaria Técnica para su conocimiento y fines.
ARTICULO SEPTIMO.-ENCARGAR a Ia Sub Gerencia de Secretaria General, hacer conocimiento a los interesados y a la Gerencia de Imagen Institucional y Relaciones Públicas y a Ia Gerencia de Tecnologia y Comunicación Ia difusión y publicación en el portal de la Municipalidad Provincial de Chiclayo.
REGISTRESE COMUNIQUESE Y CUMPLASE