Resolución de Alcaldía N.° 0566-2020-MPCH-A
15 de setiembre de 2020
SE RESUELVE:
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ARTICULO PRIMERO.- CONFORMAR el Comité; de Gestión y Control para participar en : la formulación del Planes de Acondicionamiento Territorial (PAT), Plan de Desarrollo Metropolitano (PDM) y Planes de Desarrollo Urbano (PDU), en el marco de la Reconstrucción con Cambios; segú;n corresponda, del ámbito de estudio de la provincia de Chiclayo, que permita la orientación té;cnica, concertación, homogenización de propuestas, socialización y aprobación, así; como generar Un espacio de concertación para la discusión aporte y validación de los contenidos y productos de los planes y está encargado de consolidar de manera efectiva la participación, seguimiento y aprobación e ; implementación local de los planes.
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ARTICULO SEGUNDO. - DISPONER que el Comité; de Gestión y Control para la formulación de los Planes de Acondicionamiento Territorial (PAT), Plan de Desarrollo Metropolitano (PDM) y Planes de Desarrollo Urbano (PDU) en el marco de la S Reconstrucción con Cambios, segú;n corresponda al ámbito de estudio de Chiclayo, z aL ostará integrado de la siguiente manera. El Alcalde de la Municipalidad Provincial de ; Chictayo o su representante, el Coordinador Municipal, el cual lo presidirá y por todos e no aquellos actores que el Consultor haya seleccionado del Mapa de Actores y que previamente ha presentado. Los presentes acuerdan que los miembros del Comité; de Gestión y Control - CGC, asumen los siguientes Cargos.
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Presidente: Alcalde Marco Gasco Arrobas — Municipalidad Provincial de Chiclayo.
Vocal 1: Alcalde Alex Rodrí;guez Alvarado — Municipalidad Provincial de Lambayeque.
Vocal 2: Alcalde Marco Flores Serrano - Municipalidad Distrital de Oyotú;n.
Vocal 3: Decano Wilmer Ramí;rez Namuche — Colegio de Arquitectos de Lambayeque — CAP.
Vocal 4: Coordinador Luis Montenegro Serquen — Mesa de Concertación y Lucha Contra la Pobreza- MCLCP
Vocal 5: Presidente Germán Mori Tuesta - Cámara Peruana de la Construcción — Lambayeque -— CAPECO
Vocal 6: Presidente Ciro Antonio Salazar Montaño — Consejo Regional de Decanos - CONREDE
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ARTICULO TERCERO. - El Comité; de Gestión y Control para la formulación de los Planes de Acondicionamiento Territorial (PAT), Plan de Desarrollo Metropolitano (PDM) y Planes de Desarrollo Urbano (PDU), del ámbito de estudio de Chiclayo, es una entidad sin fines de lucro y tendrá las siguientes funciones:
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1. Realizar el acto de instalación con participación unánime de los integrantes del Comité; de Gestión y Control, en un plazo no mayor a diez (10) dí;as hábiles, contados a partir del dí;a siguiente de la notificación de la presente Resolución que lo conforma.
2. Participar de manera activa en el desarrollo de los Planes de sus localidades.
3. Participar de manera obligatoria en las reuniones, talleres o cualquier tipo de actividad (relacionado al desarrollo de los Planes.
4. Proponer mejoras y/o aportes a la propuesta que viene desarrollando el Consultor.
5. Socializar con su sector lo que se viene trabajando el desarrollo de los Planes.
6. Brindar soporte, de ser requerido por el Consorcio, en la elaboración de los Planes.
7. Seguimiento y monitoreo durante la etapa de implementación de los Planes.
8. Participar en todas las Mesas Té;cnicas, Talleres de Socialización y Validación, Audiencia Pú;blica y/o procesos participativos que se implementen durante el proceso de formulación de los Planes. (Cabe precisar que el Consultor constatará la efectiva convocatoria de los actores invitados, siendo su responsabilidad asegurar un quorum óptimo de participación).
9. Proponer la actualización o incorporación de los miembros, a fin de que sea elevado y aprobado por Resolución respectiva.
10. Otras que le encargue o solicite el Comité;.
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ARTICULO CUARTO.- DISPONER que el Comité; de Gestión y Control para la formulación de los Planes de Acondicionamiento Territorial (PAT), Plan de Desarrollo . Metropolitano (PDM) y Planes de Desarrollo Urbano (PDU), del A;mbito de Estudio de Chiclayo, aprobará su Reglamento en un plazo no mayor a diez (10) dí;as hábiles, contados a partir del dí;a siguiente de su instalación, debiendo hacer de conocimiento su aprobación.
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ARTICULO QUINTO. - NOTIFICAR ta presente Resolución a cada uno de los integrantes passoica e del presente Comité;, así; como al Coordinador Municipal en mé;rito al Convenio de Y/ Cooperación Interinstitucional para la elaboración de Planes de Acondicionamiento Territorial (PAT) Plan de Desarrollo Metropolitano (PDM) y Planes de Desarrollo Urbano (PDU), N* 368 -2018-VIVIENDA, de fecha 12 de octubre del 2018, y las demás instancias y O;rganos pertinentes para conocimiento y fines correspondientes.
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ARTICULO SEXTO: ENCARGAR, a la Gerencia de Tecnologí;a de la Información y Estadí;stica su publicación en el portal de la institución.
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REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CU;MPLASE;