Resolución de Alcaldía N.° 0288-2020-MPCH-A

29 de mayo de 2020

ARTICULO PRIMERO: DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO del Procedimiento de Selección Licitación Pú;blica N°; 01-2020-MPCH/CS-1 para la Contratación de bienes para la ;Adquisición de Leche Fresca entera y Adquisición de Hojuelas Pre cocidas de avena, quinua, kiwicha y maca fortalecida con vitaminas y minerales para los beneficiarios del programa vaso de leche ;, debié;ndose RETROTRAER el proceso hasta la etapa de CONVOCATORIA, a efectos que dicho acto y los subsiguientes se realicen de acuerdo con la normatividad vigente.

ARTICULO SEGUNDO: DISPONER, que la Sub Gerencia de Logí;stica y Control Patrimonial, publique la presente resolución a travé;s del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, en el plazo establecido en la norma, asimismo se realicen las acciones conducentes a la reconformación del Comité; de Selección, toda vez que el primer miembro Titular Rosa Milagros Villalobos Urteaga y su suplente Hernán Segundo Valentí;n Vásquez Villalobos han cesado en sus funciones por té;rminos de contrato.

ARTICULO TERCERO: ENCARGAR al O;rgano Encargado de las Contrataciones de la Entidad realice el trámite correspondiente a efectos de comunicar ante el OPSCE la decisión de la Entidad de considerar al Procedimiento de Selección Licitación Pú;blica N°; 01-2020-MPCH/CS-1, una contratación esencial para el cumplimiento de sus funciones.

ARTICULO CUARTO: DISPONER que el área usuaria (Sub Gerencia de Asistencia Social y Alimentaria) comunique, de corresponder, la adecuación del requerimiento para la adquisición de alimentos del programa de vaso de leche, para lo cual deberá hacer llegar las nuevas especificaciones té;cnicas de los requerimientos, donde se incorpore los protocolos sanitarios y demás disposiciones que se haya dictado en su secvtor, de conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo N°; 103-2020-EF.

ARTICULO QUINTO: DISPONER la remisión del presente expediente a la Secretaria Té;cnica de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Entidad para el deslinde de responsabilidades a que hubiese lugar por la declaración de nulidad y de ser el caso se inicien las acciones administrativas que correspondan.

ARTICULO SEXTO: ENCARGAR, a la Gerencia de Tecnologí;a de la Información y Estadí;stica su publicación en el portal de la institución.

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RA N° 0288-2020-MPCH-AJYDRf

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