Ordenanza Municipal N.° 008-2007-MDCH

ORDENANZA QUE DECLARA ZONA RIGIDA Y/O PROHÍBASE LAS VEINTICUATRO (24) HORAS DEL DÍA EL COMERCIO AMBULATORIO E INFORMAL EN LA PLAZA DE ARMAS DEL DISTRITO DE CHANCAY Y SUS CALLES Y AVENIDAS ALEDAÑAS.

25 de julio de 2007

Ordenanza que declara zona rigida y/o prohíbase las veinticuatro (24) horas del día el comercio ambulatorio e informal en la Plaza de Armas del Distrito de Chancay y sus calles y avenidas aledañas, que comprende a toda área cuyo perímetro encierra la calle López de Zúñiga, Av. Simón Bolívar, calle Sáenz Peña y Av. Luis Felipe del Solar
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