Ordenanza Municipal N.° 008-2007-MDCH
ORDENANZA QUE DECLARA ZONA RIGIDA Y/O PROHÍBASE LAS VEINTICUATRO (24) HORAS DEL DÍA EL COMERCIO AMBULATORIO E INFORMAL EN LA PLAZA DE ARMAS DEL DISTRITO DE CHANCAY Y SUS CALLES Y AVENIDAS ALEDAÑAS.
25 de julio de 2007
Ordenanza que declara zona rigida y/o prohíbase las veinticuatro (24) horas del día el comercio ambulatorio e informal en la Plaza de Armas del Distrito de Chancay y sus calles y avenidas aledañas, que comprende a toda área cuyo perímetro encierra la calle López de Zúñiga, Av. Simón Bolívar, calle Sáenz Peña y Av. Luis Felipe del Solar