Ordenanza Municipal N.° 008-2007-MDCH
ORDENANZA MUNICIPAL N° 008-2007-MDCH
25 de julio de 2007
DECLÁRESE ZONA RIGIDA y/o prohíbase las veinticuatro (24) horas del día el comercio ambulatorio e informal en la Plaza de Armas del Distrito de Chancay y sus calles y avenidas aledañas, que comprende a toda área cuyo perímetro encierra la calle López de Zúñiga, Av. Simón Bolívar, calle Sáenz Peña y Av. Luis Felipe del Solar, esta última en toda su extensión y cuadras por ser patrimonio de la ciudad, dada su riqueza histórica, bajo pena de decomiso.