Acuerdo de Concejo N.° 101-2023-GM-MDCH/CH/C.
8 de setiembre de 2023
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la suscripción del Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería -Osinerming y la Municipalidad del Distrito de Chamaca, para establecer un canal de comunicación eficiente y oportunó entre ambas entidades para la atención de denuncias y tramitación de reclamos vinculados a tema energéticos, fundamentalmente vinculados a la prestación del servicio público de Electricidad.
ARTÍCULO SEGUNDO.- AUTORIZAR al señor Alcalde de la municipalidad Distrital de Chamaca provincia de Chumbivilcas, departamento del Cusco, en el marco de sus competencias, atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades , Ley N° 27972, para la suscripción del Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinerming y la Municipalidad del Distrito de Chamaca.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Desarrollo Social, Oficina de Logística y Bienes Patrimoniales y demás unidades orgánicas, adoptar las acciones que correspondan para el cumplimiento del presente Acuerdo.
ARTÍCULO CUARTO.- COMUNÍQUESE, el presente Acuerdo de Concejo al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin, así como las instancias administrativas de la entidad, para su conocimiento y fines pertinentes.
ARTÍCULO SEGUNDO.- AUTORIZAR al señor Alcalde de la municipalidad Distrital de Chamaca provincia de Chumbivilcas, departamento del Cusco, en el marco de sus competencias, atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades , Ley N° 27972, para la suscripción del Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinerming y la Municipalidad del Distrito de Chamaca.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Desarrollo Social, Oficina de Logística y Bienes Patrimoniales y demás unidades orgánicas, adoptar las acciones que correspondan para el cumplimiento del presente Acuerdo.
ARTÍCULO CUARTO.- COMUNÍQUESE, el presente Acuerdo de Concejo al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin, así como las instancias administrativas de la entidad, para su conocimiento y fines pertinentes.