Edicto Matrimonial

Comunicado
Edicto Matrimonial
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6 de enero de 2026 - 1:53 p. m.

Artículo 250º del Código Civil:
De conformidad con lo dispuesto en el Articulo Nº 250º del Código Civil, hago saber que Don: YONATAN CRISTOBAL ACOSTA, identificado con DNI Nº 62312576 de 25 años de edad de ocupación Agricultor, natural del Distrito de Chaglla, de nacionalidad Peruano, domiciliado en el Caserío de Santa Rosa de Toma, del Distrito de Chaglla, Provincia de Pachitea Departamento de Huánuco y Doña: CRISOSTA CALDERÓN' EUGENIO, identificado con DNI N° de 25 años de edad, de ocupación su casa, natural del Distrito de Chaglla - Provincia y Departamento de Huánuco, de nacionalidad Peruana, con domicilio en el caserío de Yanano.
Quienes pretenden contraer Matrimonio Civil en las instalaciones de su domicilio, el viernes 30 de enero de 2026 a horas 3.00 pm, las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlo de acuerdo a ley.

El Artículo 253° establece que las personas que tengan interés legitimo pueden oponerse a la celebración del Matrimonio, cuando existe algún impedimento. La oposición se formula por escrito ante cualquiera de los alcaldes que haya publicado los avisos, sí la oposición no se funda en causa legal el alcalde lo rechazará de plano, sin admitir recurso alguno, si se funda en causa legal y los pretendientes niegan su existencia, el alcalde remitirá lo actuado al juez.