Ordenanza Municipal N.° 491-2023/MDCH
30 de mayo de 2023
FÍJESE en noventa céntimos por ciento (0,90%) mensual, la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias que administradas y/o recaudadas por la Municipalidad Distrital de Chaclacayo.
ESTABLECER que la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aprobada mediante la presente Ordenanza, se mantendrá vigente mientras la SUNAT no modifique la Tasa de Interés Moratorio respecto a los tributos que administra en moneda nacional.