Ley promulgada por el Congreso fortalece Ordenanza Municipal sobre retiro de cableado aéreo en desuso

Nota Informativa
Ley promulgada por el Congreso  fortalece Ordenanza Municipal sobre retiro de cableado aéreo en desuso
Ley promulgada por el Congreso  fortalece Ordenanza Municipal sobre retiro de cableado aéreo en desuso
Ley promulgada por el Congreso  fortalece Ordenanza Municipal sobre retiro de cableado aéreo en desuso
Ley promulgada por el Congreso  fortalece Ordenanza Municipal sobre retiro de cableado aéreo en desuso

2 de noviembre de 2022 - 6:01 p. m.

Teniendo en cuenta que una de las principales políticas de la actual gestión municipal es velar por la preservación del patrimonio arquitectónico de la ciudad de Chachapoyas, se impulsó la Ordenanza 235-MPCH que regula el tendido y la instalación de infraestructura aérea para el servicio de telecomunicaciones, electricidad y/o afines en espacios públicos del distrito de Chachapoyas.

En este sentido y tras sendas gestiones con empresas de telecomunicaciones y electricidad, se puso en marcha el plan de retiro de cables aéreos que se encuentran en precarias condiciones y en desuso instalados en las calles del Ambiente Urbano Monumental que por muchos años causaban un impacto visual negativo de nuestra ciudad y constituían en un inminente peligro para los ciudadanos.

Ley establece retiro obligatorio de cableado aéreo en desuso en zonas urbanas

El Congreso de la República promulgó la ley que establece el retiro del cableado aéreo en desuso o en mal estado en las zonas urbanas del país.

La norma, publicada en el diario oficial El Peruano, tiene como objetivo "establecer la descontaminación ambiental" mediante el retiro del cableado aéreo de los servicios de electricidad y de telecomunicaciones que presenten las mencionadas características "a fin de garantizar la seguridad de la población".

Retiro en 24 meses

Según establece la ley, "las empresas concesionarias de servicios de electricidad y de telecomunicaciones" realizarán el retiro del cableado aéreo en desuso o en mal estado "en un plazo no mayor a veinticuatro meses" desde la entrada en vigencia "del reglamento de la norma", la cual deberá ser "aprobada y publicada" por el Ejecutivo en los próximos 90 días.

Además, se establece que el costo de dicho retiro no será incluído en las tarifas que paga habitualmente el público consumidor.

Asimismo, la norma señala que la supervisión del retiro de los cables por las empresas quedará a cargo "de la entidad de fiscalización ambiental competente, de acuerdo con las normas del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental".

No obstante, las municipalidades provinciales y distritales "de la zona contaminada" realizarán la supervisión "únicamente en los aspectos de sus competencias".

Respecto a las sanciones en caso las respectivas empresas incumplan lo establecido por la norma, esto será considerado como "infracción muy grave" y se aplicará una multa con un "monto comprendido entre 5 y 20 UIT" por parte del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA).

Fuente: Andina