Municipalidad de Cerro Azul emite ordenanza que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes
Nota de prensa[NOTA DE PRENSA N° 084-2021-OII/MDCA] Mediante OM N° 016-2021-MDCA, la Municipalidad Distrital de Cerro Azul prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescente.

19 de noviembre de 2021 - 11:19 a. m.
Mediante Ordenanza Municipal N° 016-2021-MDCA, la Municipalidad Distrital de Cerro Azul prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes.
La normativa fue aprobada en Sesión de Concejo, ante la propuesta de la DEMUNA, tomando como base el ‘Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia’, que contempla la garantía de los derechos de niños, niñas y adolescentes, sobre todo en lo que refiere a su salud, educación, identidad y calidad de vida al interior de sus familias y comunidad.
La ordenanza precisa las definiciones para su aplicación, criterios para identificar el castigo físico y humillante, así como las acciones a implementar.
La Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal, a través de la Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescente (DEMUNA), la Subgerencia de Seguridad Ciudadana – Serenazgo y la Oficina de Imagen Institucional, serán los responsables de implementar una serie de mecanismos de detección de las denuncias de los propios afectados y monitorear la atención.
A fin de tener un mayor control de los casos se implementará un registro, pero también se impulsarán acciones de monitoreo mediante DEMUNA y se creará el Comité Multisectorial por los Derechos del Niño - COMUDENA para realizar acciones multisectorial para la prevención y atención del castigo físico que garanticen el funcionamiento de servicios integrales de atención a la niñez y adolescencia víctima de violencia.
Municipalidad de Cerro Azul emite ordenanza que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes.
OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL
www.gob.pe/municerroazul
La normativa fue aprobada en Sesión de Concejo, ante la propuesta de la DEMUNA, tomando como base el ‘Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia’, que contempla la garantía de los derechos de niños, niñas y adolescentes, sobre todo en lo que refiere a su salud, educación, identidad y calidad de vida al interior de sus familias y comunidad.
La ordenanza precisa las definiciones para su aplicación, criterios para identificar el castigo físico y humillante, así como las acciones a implementar.
La Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal, a través de la Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescente (DEMUNA), la Subgerencia de Seguridad Ciudadana – Serenazgo y la Oficina de Imagen Institucional, serán los responsables de implementar una serie de mecanismos de detección de las denuncias de los propios afectados y monitorear la atención.
A fin de tener un mayor control de los casos se implementará un registro, pero también se impulsarán acciones de monitoreo mediante DEMUNA y se creará el Comité Multisectorial por los Derechos del Niño - COMUDENA para realizar acciones multisectorial para la prevención y atención del castigo físico que garanticen el funcionamiento de servicios integrales de atención a la niñez y adolescencia víctima de violencia.

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