Resolución de Alcaldía N.° 813-2023-MDC-A
RESOLUCIÓN ALCALDIA N. 813-2023-MDC/A
30 de noviembre de 2023
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DAR CUMPLIMIENTO al MANDATO JUDICIAL dispuesto por el Juez del Cuarto Juzgado de trabajo - Corte Superior de Justicia de Piura, a través de la Resolución Nº Uno (01) de fecha 31 de agosto 2023, dentro del Expediente Nº 00480-2023-1-2001-JR-LA-08, incoado por SORROZA OREJUELA JESÚS ALBERTO contra la Municipalidad Distrital de Catacaos, sobre DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO en la cual resuelve; conforme a continuación se detalla, en mérito a los fundamentos expuestos en la presente resolución:
✓ CONCEDER la MEDIDA CAUTELAR dentro del proceso, presentada por JESÚS ALBERTO SORROZA OREJUELA contra la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CATACAOS.
✓ REPONER PROVISIONALMENTE al accionante, en el puesto de trabajo que venía desempeñando antes de su despido, esto es como obrero agente de serenazgo, o en un cargo similar con igual categoría y nivel remunerativo, así como le incluya en planillas de trabajadores bajo el régimen privado, en tanto se resuelve de manera definitiva el proceso principal.
ARTÍCULO PRIMERO.- DAR CUMPLIMIENTO al MANDATO JUDICIAL dispuesto por el Juez del Cuarto Juzgado de trabajo - Corte Superior de Justicia de Piura, a través de la Resolución Nº Uno (01) de fecha 31 de agosto 2023, dentro del Expediente Nº 00480-2023-1-2001-JR-LA-08, incoado por SORROZA OREJUELA JESÚS ALBERTO contra la Municipalidad Distrital de Catacaos, sobre DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO en la cual resuelve; conforme a continuación se detalla, en mérito a los fundamentos expuestos en la presente resolución:
✓ CONCEDER la MEDIDA CAUTELAR dentro del proceso, presentada por JESÚS ALBERTO SORROZA OREJUELA contra la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CATACAOS.
✓ REPONER PROVISIONALMENTE al accionante, en el puesto de trabajo que venía desempeñando antes de su despido, esto es como obrero agente de serenazgo, o en un cargo similar con igual categoría y nivel remunerativo, así como le incluya en planillas de trabajadores bajo el régimen privado, en tanto se resuelve de manera definitiva el proceso principal.