Resolución de Alcaldía N.° 064-2024-MDC-A
RESOLUCION DE ALCALDIA N°064-2024-MDC-A
7 de febrero de 2024
DESE cumplimiento en todos sus extremos al mandato judicial contenido en Resolución 02 de fecha 05 de setiembre de 2023 - AUTO DE CORRECCIÓN (EXP. Nº 02071-2023-1-2001-JR-LA-02), con eficacia anticipada al 18 de setiembre de 2023, por así haberse dispuesto en el Memorando Nº347-2023-MDC-OGAYF-ORH, proceso interpuesto por la señora: Chorres Torres, lvone, la misma que RESUELVE:
1. CORRÍJASE el auto concesorio de Medida Cautelar lnnovativa, recaída en la resolución número 01, de fecha 10 de agosto del 2023, debiendo ser lo correcto:"( ... ). 1) Declarar PROCEDENTE la MEDIDA CAUTELAR peticionada por CHORRES TORRES IVONE sobre medida cautelar lnnovativa; 2) ORDENO a la entidad demanda que dentro de sus facultades y atribuciones en un plazo de CINCO DÍAS de notificado la presente, REINCORPORE al solicitante a su puesto de trabajo como APOYO ADMINISTRATIVO EN LA SUBGERENCIA DE SALUD, GESTION AMBIENTAL Y PROTECCION DE LA BIODIVERSIDAD DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CASTILLA, u otro similar, bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057, para tal efecto OFÍCIESE a la entidad demandada fin de que cumpla con lo resuelto en la presente medida cautelar, e informe el cumplimiento. Bajo apercibimiento de ley en caso de incumplimiento (... )'; y, no como se ha indicado en la parte resolutiva de la resolución número 01; SUBSISTIENDO lo demás que contiene.
1. CORRÍJASE el auto concesorio de Medida Cautelar lnnovativa, recaída en la resolución número 01, de fecha 10 de agosto del 2023, debiendo ser lo correcto:"( ... ). 1) Declarar PROCEDENTE la MEDIDA CAUTELAR peticionada por CHORRES TORRES IVONE sobre medida cautelar lnnovativa; 2) ORDENO a la entidad demanda que dentro de sus facultades y atribuciones en un plazo de CINCO DÍAS de notificado la presente, REINCORPORE al solicitante a su puesto de trabajo como APOYO ADMINISTRATIVO EN LA SUBGERENCIA DE SALUD, GESTION AMBIENTAL Y PROTECCION DE LA BIODIVERSIDAD DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CASTILLA, u otro similar, bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057, para tal efecto OFÍCIESE a la entidad demandada fin de que cumpla con lo resuelto en la presente medida cautelar, e informe el cumplimiento. Bajo apercibimiento de ley en caso de incumplimiento (... )'; y, no como se ha indicado en la parte resolutiva de la resolución número 01; SUBSISTIENDO lo demás que contiene.