Directiva N.° 001-2023-GAT-MDCLR
28 de febrero de 2023
Establecer los lineamientos técnicos y acciones que se deberán adoptar, para la atención en forma AUTOMÁTICA del Beneficio Tributario de Deducción de la Base Imponible del Impuesto Predial por un monto equivalente a 50 UIT, establecido en el Artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tribulación Municipal; a través del Formato de Declaración Jurada para Solicitud de Beneficio de Deducción de 50 UIT de la Base Imponible del Impuesto Predial. establecido para el efecto, a fin de instruir el debido procedimiento en forma simplificada, en aplicación del Principio de Presunción de Veracidad, en el marco de la legalidad y del Principio de Privilegio de Controles Posteriores, a cargo de la Administración Tributaria Municipal.