Ordenanza Municipal N.° 0001-2025-MPC/A
2 de enero de 2025
FIJAR el 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) el monto mínimo a pagar por concepto del Impuesto Predial aplicable para el ejercicio fiscal 2025, tal como lo dispone el último párrafo del artículo 13º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF.