Resolución de Alcaldía N.° 537-2024-MPC-M/A
Resolución de Alcaldía N.° 537-2024-MPC-M/A
23 de agosto de 2024
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- INICIAR el procedimiento de NULIDAD DE OFICIO DE LA APROBACIÓN TÁCITA DE LA LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE OBRA: "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRÁNSITO PEATONAL Y VEHICULAR EN LA AV. FERIAL DE LA CIUDAD DE MACUSANI, PROVINCIA DE CARABAYA", conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa.
Artículo 2º.- NOTIFICAR la presente Resolución de Alcaldía, al contratista: EMPRESA FRAEL CONTRATISTAS Y CONSULTORES S.A.C., representado por Horacio Yedin Mamani Quispe en calidad de representante legal, otorgándole el plazo de cinco (05) días hábiles para su pronunciamiento o para ejercer su derecho a la defensa, esto conforme al numeral 213.2 del artículo 213° de la LPAG; transcurrido el plazo con su descargo o sin descargo se emita pronunciamiento por parte de la Entidad.
Artículo 3º.- DISPONER al órgano encargado de contrataciones (Oficina de Abastecimientos), NOTIFIQUE al sr. HORACIO YEDIN MAMANI QUISPE en calidad de representante legal de la EMPRESA FRAEL CONTRATISTAS Y CONSULTORES S.A.C., la presente resolución y sus actuados, en el(los) domicilio(s) señalados por el contratista en el Anexo N° 1 Declaración Jurada de Datos del Postor, con las formalidades previstas por Ley.
Artículo 4º.- NOTIFICAR, el presente Acto Resolutivo a la Gerencia Municipal, Oficina General de Administración, Oficina General de Asesoría Jurídica, Oficina de Abastecimientos, para su conocimiento, así mismo, DISPONER la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Carabaya - Macusani (https://www.gob.pe/municarabaya).
Artículo 1º.- INICIAR el procedimiento de NULIDAD DE OFICIO DE LA APROBACIÓN TÁCITA DE LA LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE OBRA: "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRÁNSITO PEATONAL Y VEHICULAR EN LA AV. FERIAL DE LA CIUDAD DE MACUSANI, PROVINCIA DE CARABAYA", conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa.
Artículo 2º.- NOTIFICAR la presente Resolución de Alcaldía, al contratista: EMPRESA FRAEL CONTRATISTAS Y CONSULTORES S.A.C., representado por Horacio Yedin Mamani Quispe en calidad de representante legal, otorgándole el plazo de cinco (05) días hábiles para su pronunciamiento o para ejercer su derecho a la defensa, esto conforme al numeral 213.2 del artículo 213° de la LPAG; transcurrido el plazo con su descargo o sin descargo se emita pronunciamiento por parte de la Entidad.
Artículo 3º.- DISPONER al órgano encargado de contrataciones (Oficina de Abastecimientos), NOTIFIQUE al sr. HORACIO YEDIN MAMANI QUISPE en calidad de representante legal de la EMPRESA FRAEL CONTRATISTAS Y CONSULTORES S.A.C., la presente resolución y sus actuados, en el(los) domicilio(s) señalados por el contratista en el Anexo N° 1 Declaración Jurada de Datos del Postor, con las formalidades previstas por Ley.
Artículo 4º.- NOTIFICAR, el presente Acto Resolutivo a la Gerencia Municipal, Oficina General de Administración, Oficina General de Asesoría Jurídica, Oficina de Abastecimientos, para su conocimiento, así mismo, DISPONER la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Carabaya - Macusani (https://www.gob.pe/municarabaya).