Resolución de Gerencia Municipal N.° 231-2024-MDCV-GM
Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción
17 de mayo de 2024
ARTÍCULO PRIMERO. - AUTORIZAR la inscripción en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad Distrital de Campo Verde, a la Organización Social denominada "ASOCIACIÓN DE MORADORES LUCIA VALDERRAMA LAVAJOS DE CAMPO VERDE, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO DE UCAYALI".
ARTÍCULO SEGUNDO. - RECONOCER a la JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN DE MORADORES LUCIA VALDERRAMA LAVAJOS DE CAMPO VERDE, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO DE UCAYALI, Por un periodo máximo de dos (02) años a partir de la fecha del 01 de abril de 2024 hasta el 01 de abril de 2025, el cual estará conformado por los siguientes miembros:
CARGO NOMBRE DNI
PRESIDENTE ROMER RENGIFO MACEDO 00103748
VICEPRESIDENTE ROSA ALICIA VALVERDE MOSQUERA 45884392
SECRETARIO SHOLAIS STEFANI RIVERA USHÑAHUA 73304231
TESORERA ADTLER STALIN CORREA SANGAMA 43887794
FISCAL SHEILA ELISABETH DAVILA CABRERA 00117822
VOCAL I WILLIAM LEON RENGIFO 47011957
VOCAL II ERICSSON DOÑE TANCHIVA 48892326
ARTÍCULO TERCERO. -ESTABLECER que la Inscripción en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad Distrital de Campo Verde de la antes citada organización social, así como el reconocimiento de su Junta Directiva vigente, solo genera derechos de participación vecinal ante esta entidad, de conformidad con el numeral 6) del Artículo 113* de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N' 27972, mas no genera de ninguna manera derechos reales de propiedad o de posesión alguna respecto a un determinado predio.
ARTÍCULO CUARTO. - ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social y Económico, el seguimiento y la ejecución de la presente resolución, asimismo deberá la citada Gerencia en su momento realizar la fiscalización posterior de los documentos presentados por los administrados que sustentaron la solicitud del RUOS, ello a fin de realizar los controles posteriores de conformidad con el numeral 1:16 del título preliminar así como el artículo 34, ambos del T.U.O de la Ley N*27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO QUINTO, — ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General la notificación al Presidente y al Fiscal de la Junta Directiva citada, así como la distribución de la presente Resolución a las Gerencias para su conocimiento y fines. Encargar a la Oficina de Tecnología de la Información la publicación en el Portal del Estado Peruano.
#MUNICAMPOVERDE2023
ARTÍCULO SEGUNDO. - RECONOCER a la JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN DE MORADORES LUCIA VALDERRAMA LAVAJOS DE CAMPO VERDE, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO DE UCAYALI, Por un periodo máximo de dos (02) años a partir de la fecha del 01 de abril de 2024 hasta el 01 de abril de 2025, el cual estará conformado por los siguientes miembros:
CARGO NOMBRE DNI
PRESIDENTE ROMER RENGIFO MACEDO 00103748
VICEPRESIDENTE ROSA ALICIA VALVERDE MOSQUERA 45884392
SECRETARIO SHOLAIS STEFANI RIVERA USHÑAHUA 73304231
TESORERA ADTLER STALIN CORREA SANGAMA 43887794
FISCAL SHEILA ELISABETH DAVILA CABRERA 00117822
VOCAL I WILLIAM LEON RENGIFO 47011957
VOCAL II ERICSSON DOÑE TANCHIVA 48892326
ARTÍCULO TERCERO. -ESTABLECER que la Inscripción en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad Distrital de Campo Verde de la antes citada organización social, así como el reconocimiento de su Junta Directiva vigente, solo genera derechos de participación vecinal ante esta entidad, de conformidad con el numeral 6) del Artículo 113* de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N' 27972, mas no genera de ninguna manera derechos reales de propiedad o de posesión alguna respecto a un determinado predio.
ARTÍCULO CUARTO. - ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social y Económico, el seguimiento y la ejecución de la presente resolución, asimismo deberá la citada Gerencia en su momento realizar la fiscalización posterior de los documentos presentados por los administrados que sustentaron la solicitud del RUOS, ello a fin de realizar los controles posteriores de conformidad con el numeral 1:16 del título preliminar así como el artículo 34, ambos del T.U.O de la Ley N*27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO QUINTO, — ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General la notificación al Presidente y al Fiscal de la Junta Directiva citada, así como la distribución de la presente Resolución a las Gerencias para su conocimiento y fines. Encargar a la Oficina de Tecnología de la Información la publicación en el Portal del Estado Peruano.
#MUNICAMPOVERDE2023