Ordenanza Municipal N.° 003-2024-MCVC-ALC
Son funciones del Consejo Municipal el aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.
7 de marzo de 2024
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR LA ORDENANZA MUNICIPAL QUE "EXONERA EL PAGO POR CONCEPTO DE FORMATO PARA APERTURA DE EXPEDIENTE MATROMONIAL, PARA LOS MATRIMONIOS COMUNITARIOS PROGRAMADOS POR LA OFICINA DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAMPO VERDE - 2024"
ARTÍCULO SEGUNDO. - AUTORIZAR, la realización de cuatro (4) matrimonios comunitarios en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de Campo Verde - 2023, a realizarse segun el siguiente detalle:
a) Dos (2) matrimonios civiles comunitarios internos, a realizarse en la siguiente fecha:
- El 30 de mayo del 2024 (por celebración del Día de la semana turistica del aniversario del Distrito de Campo Verde)
- El 23 de septiembre de 2024 (por el Día de la Juventud).
b) Dos (2) matrimonios civiles comunitarios externos a pedido de las instituciones religiosa, privadas y otros.
ARTÍCULO TERCERO. - EXONERAR, únicamente para el desarrollo del matrimonio comunitario en las fechas y ocasiones señaladas en el artículo primero de la presente Ordenanza Municipal, el pago por conceptos de Formatos por la Apertura de Expediente Matrimonial, a los contrayentes del Matrimonio Civil Comunitario.
ARTÍCULO SEGUNDO. - AUTORIZAR, la realización de cuatro (4) matrimonios comunitarios en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de Campo Verde - 2023, a realizarse segun el siguiente detalle:
a) Dos (2) matrimonios civiles comunitarios internos, a realizarse en la siguiente fecha:
- El 30 de mayo del 2024 (por celebración del Día de la semana turistica del aniversario del Distrito de Campo Verde)
- El 23 de septiembre de 2024 (por el Día de la Juventud).
b) Dos (2) matrimonios civiles comunitarios externos a pedido de las instituciones religiosa, privadas y otros.
ARTÍCULO TERCERO. - EXONERAR, únicamente para el desarrollo del matrimonio comunitario en las fechas y ocasiones señaladas en el artículo primero de la presente Ordenanza Municipal, el pago por conceptos de Formatos por la Apertura de Expediente Matrimonial, a los contrayentes del Matrimonio Civil Comunitario.