Resolución de Alcaldía N.° 0192-2025-A-MDC/Q-C

AUTORIZAR, a la Empresa ODEBRECHT PERÚ OPERACIONES Y SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA la EXTRACCION DE MATERIAL DE ACARREO de la cantera Camanti Km. 195+400

4 de noviembre de 2025

ARTICULO PRIMERO. -AUTORIZAR, a la Empresa ODEBRECHT PERÚ OPERACIONES Y SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, con RUC N° 20544263642, representada por su Apoderada Carina Blanco Valdez, con DNI N° 41102122, la EXTRACCION DE MATERIAL DE ACARREO de la cantera Camanti Km. 195+400", ubicado en el cauce natural del RIO ARAZA, del Distrito de Camanti por el pago efectuado que asciende al monto de S/.224,700.00 ( Doscientos Veinticuatro Mil Setecientos con 00/100 Soles) que equivale a 15,000m3 conforme consta de la Transferencia Interbancaria del BCP a la Cuenta de Recaudo de la Municipalidad Distrital de Camanti, de fecha 31 de octubre del 2025, Nota de Abono N°29271, y que forma parte de la presente Resolución solicitado por la Empresa ODEBRECHT PERÚ OPERACIONES Y SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, OPOS S.A.C. con RUC N 20544263642, representada por su Apoderada Carina Blanco Valdez, con DNI N 41102122. con un plazo de extraccion aprobado que vence el dia 30 de noviembre del 2025, en un área de 203,275.46 m2, con sistema de extraccion a tajo abierto, material de acarreo a extraer canto rodado de 12",6” y 4”).
ARTÍCULO SEGUNDO.-PRECISAR Y ACLARAR, que la Empresa ODEBRECHT PERÚ OPERACIONES Y SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA,- OPOS S.A.C. con RUC N° 20544263642, representada por Carina Blanco Valdez, tiene pendiente por extraer de la cantera "Camanti Km. 195+400”, ubicado en el cauce natural del RIO ARAZA, del Distrito de Camanti, la cantidad de 177,651.35m3 de material no metálico según su solicitud y la Opinión Técnica Previa Vinculante contenido en el Informe Técnico N° 0033-2025-ANA-AAA-MDD-ALA-TI/MQA. Sin embargo excepcionalmente se le otorgara mas 20 dias naturales para los trabajos de actividades de cierre de los accesos aperturados para la extraccion de materiales que vence definitivamente el 20 de diciembre del 2025, aunque el solicitante no haya extraído el volumen de material solicitado; en ningún supuesto procede devolución de los derechos cancelados.
ARTÍCULO TERCERO. -PRECISAR, que la autorizacion de estracion de material otorgado quedara sin efecto por las siguientes causales: Vencimiento de plazo de autorizacion otorgada Extraccion de volumen total autorizado Incumplimiento de pago de derechos dentro de los plazos No permitir realizar el trabajo de supervisiobn y/o fiscalización del caso obstruyendo
ARTÍCULO CUARTO.- ENCÁRGAR a la Gerencia Municipal, Sub Gerente de Desarrollo Económico y Gestión Ambiental, Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano y Rural - Unidad de Catastro y a la Oficina de Rentas, el fiel cumplimiento de la presente resolución, de acuerdo a las competencias que les han sido conferidas.
ARTÍCULO QUINTO-ENCÁRGAR a la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Camanti la notificación de la presente resolución a la Administración Local de Agua Tambopata-Inambari y a quienes corresponda en la forma y, estilo de Ley, para los fines correspondientes; así como a la responsable del Portal de Transparencia Estándar la publicación de la presente Resolución en el portal institucional y en la vitrina de la Municipal para su difusión.
Vista preliminar de documento RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA 192

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA 192

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