Ley N.° 11624
LEY DE CREACIÓN DEL DISTRITO DE CAMANTI , PROVINCIA DE QUISPICANCHI
2 de octubre de 1951
ARTICULO 1°.- Créase en la provincia de Quispicanchis, del Departamento del Cuzco, el Distrito de Camanti, el que tendrá por capital el pueblo de QUINCE MIL
ARTICULO 2°.- El distrito de Camanti tendra como anexos los caseríos siguientes: Oroya, Tunquimayo, Huayumbre y Nusiniscato; y sus limites seran: por el Norte, Este y Oeste los que actualmente tiene el pueblo y anexo que lo componen; y por el Sur, el Distrito de Marcapata, con una línea que pase por el Puente de San Pedro
ARTICULO 2°.- El distrito de Camanti tendra como anexos los caseríos siguientes: Oroya, Tunquimayo, Huayumbre y Nusiniscato; y sus limites seran: por el Norte, Este y Oeste los que actualmente tiene el pueblo y anexo que lo componen; y por el Sur, el Distrito de Marcapata, con una línea que pase por el Puente de San Pedro