Ordenanza Municipal N.° OM-018-2025

29 de agosto de 2025

Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Secretaria Técnica la elaboración del
Reglamento en un plazo no mayor a sesenta (60) días calendario posteriores a la
aprobación de la presente Ordenanza Municipal, la misma que será aprobada
mediante Acuerdo de Concejo.
Artículo Décimo.- DISPONER, en un plazo no mayor de treinta (30) días
calendario contados a partir del día siguiente de la aprobación de la presente
Ordenanza, se instale la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social.
Artículo Décimo primero.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición
interna que se oponga a la presente Ordenanza.
Artículo Décimo segundo.- ENCARGAR a la Oficina General de Atención al
Ciudadano y Gestión Documentaria notificar la presente Ordenanza Municipal a las
instituciones mencionadas en el Artículo Quinto. Y a la Oficina General de Administración
Financiera su publicación en el portal web de la Municipalidad Provincial de Camaná.
Artículo Décimo tercero. La presente Ordenanza Municipal entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Portal Electrónico de la Municipalidad.

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OM-018-2025

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