Resolución Gerencial de Desarrollo Económico N.° RGDE-0138-203

13 de abril de 2023

Artículo Primero. - REVOCAR la Licencia de Funcionamiento Definitiva con código 0067, autorizada mediante N° 508-2008-MPC-GM, de fecha 09 de mayo de 2008; otorgada a favor de la SUCESIÓN DELGADO LAZO GUSTAVO, propietarios del Molino Arrocero "Villa Hermosa" ubicado en jirón Villa Hermosa N° 150, distrito y provincia de Camaná, giro MOLINO, y nombre comercial "VILLA HERMOSA" por haber incurrido en la 10 y 15ava causal del artículo 76 de La Ordenanza Municipal N. 017-2021-MPC-C, que regula la revocación de licencias de funcionamiento.
Artículo Segundo. - DISPONER a la SUCESIÓN DELGADO LAZO GUSTAVO cumplir con lo dispuesto y exhortarla a no apertura el local comercial sin autorización.
Artículo Tercero. ESTABLECER que se podrá interponer los recursos administrativos impugnatorios conforme a lo señalado en el artículo 120° del TUO de la ley N. °27444.
Artículo Cuarto. - NOTIFIQUESE la presente resolución dentro de los cinco días hábiles que establece la ley en su domicilio procesal. Póngase en conocimiento de la presente resolución a la Sub Gerencia de fiscalización, y a la Sub Gerencia de informática para su publicación en el portal web.
Vista preliminar de documento RGDE-0138-2023

RGDE-0138-2023

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