Ordenanza Municipal N.° 010-2025-CM-MPC.
10 de julio de 2025
Queda prohibida, en la jurisdicción de la Provincia de Calca, la instalación o exhibición de propaganda electoral cuando no exista convocatoria debida y formalmente efectuada por el Jurado
Nacional de Elecciones. Asimismo, la propaganda electoral está prohibida veinticuatro (24) horas
antes del día de las elecciones, debiendo retirarse toda aquella que esté ubicada en un radio de cien
(100) metros alrededor de los locales de votación.
Nacional de Elecciones. Asimismo, la propaganda electoral está prohibida veinticuatro (24) horas
antes del día de las elecciones, debiendo retirarse toda aquella que esté ubicada en un radio de cien
(100) metros alrededor de los locales de votación.