Resolución del Órgano Sancionador N.° 042-2025-OS

RESOLUCIÓN DEL ÓRGANO SANCIONADOR N° 042-2025-OS-MPC

17 de febrero de 2025

ARTÍCULO PRIMERO: SANCIONAR CON QUINCE (15) DÍAS DE SUSPENSIÓN SIN GOCE DE REMUNERACIONES el servidor MARTIN TANTA MIRANDA por la presunta comisión de la falta administrativa disciplinaria tipificada en el literal q) del art. 85º de la Ley N° 30057 - Ley del Servicio Civil, concordante con el artículo 100 del Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, Reglamento General de la Ley Nº 30057, imputándole la infracción del principio de idoneidad contenido en el numeral 4) del artículo 6 de la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, que prescribe: 4) Idoneidad: Entendida como aptitud técnica, legal y moral, es condición esencial para el acceso y ejercicio de la función pública. El servidor público debe propender a una formación sólida acorde a la realidad, capacitándose permanentemente para el debido cumplimiento de sus funciones, toda vez que el servidor investigado, en calidad de Chofer de la Subgerencia de Gestión Integral de Residuos Sólidos de la Compactadora con código municipal MPC-506, con placa de rodaje ANY-846, no habria tenido la aptitud técnica para el ejercicio de sus funciones, en mérito INFORME N' 030-2023-SLPOA-GDA-MPC (Fs. al reverso del 04 - 03), con fecha 09 de marzo del 2023, emitido por el Sr. Ángel Guillermo Chilón Terán - Responsable de Maquinaria de la SGLPyOA, donde advierte que la causal de daño del vehículo anteriormente mencionado se debe a falla humana; asimismo en mérito del INFORME Nº S/N-2022-NCPP-GAD-CSJ/CA-PJ de fecha 07 de marzo del 2022, el mismo que índica que las fallas mecánicas encontradas durante el desmontaje del kit de embrague se deben únicamente por una mala conducción del equipo, conforme a los argumentos esgrimidos en la presente resolución.
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