Resolución del Órgano Sancionador N.° 092-2024-OS

RESOLUCIÓN DEL ÓRGANO SANCIONADOR N° 092-2024-OS-MPC

5 de diciembre de 2024

ARTÍCULO PRIMERO: ABSOLVER al servidor investigado JUAN CARLOS RAMIREZ TERRONES, ya que no habría incurrido en la falta a administrativa disciplinaria tipificada en el artículo 85 º inciso q) de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil que prescribe: "q) /as demás que señala la Ley'; es así en virtud al artículo 100º del Reglamento de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; precisa Artículo 100.- Falta por incumplimiento de la Ley Nº 27444 y de la Ley Nº 27815. También constituyen faltas para efectos de la responsabilidad administrativa disciplinaria aquellas previstas en los artículos 11.3, 12.3, 14.3, 36.2, 38.2, 48 numerales 4 y 7, 49, 55.12, 91.2, 143.1, 143.2, 146, 153.4, 17 4.1, 182.4, 188.4, 233.3 y 239 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y en las previstas en la Ley Nº 27815, las cuales se procesan conforme a las reglas procedimentales del presente título. En ese sentido, se habría vulnerado el Principio de Idoneidad establecido en el artículo 6º numeral 4) de la Ley Nº 27815- Código de Ética de la Función Pública, que prescribe: "4) Idoneidad: Entendida como actitud técnica, legal y moral, es condición esencial para el acceso y ejercicio de la función pública. El servidor público debe propender a una formación sólida acorde a la realidad, capacitándose permanentemente para el debido cumplimiento de sus funciones". Toda vez en que se demostrado que el servidor fue inducido a error por la administración, conforme a los argumentos esgrimidos en la presente resolución.


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