Resolución del Órgano Sancionador N.° 102-2023-OS

RESOLUCIÓN DEL ÓRGANO SANCIONADOR N° 102-2023-OS-MPC

16 de agosto de 2023

ARTICULO PRIMERO: SANCIONAR CON SUSPENSIÓN DE DIEZ (10) DÍAS al servidor investigado DONATO ANDRES VALDEZ ASTO - Supervisor de Autorizaciones Urbanas, por haber incurrido enla fa.Ita de carácter disciplinario, tipificada en el artículo 85º literal q) de la Ley N.° 30057 - Ley del Servicio Civil, que prescribe: "q) Las dem6s que señale la Ley', en ese sentido, el Artículo 100º del Reglamento General de la Ley N. 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por D.S. N.° 040-2014-PCM, indica cuales son las demás leyes que también constituyen faltas para efectos de responsabilidad administrativa disciplinaria, tales como: la Ley N.º 27444, en ese sentido el artículo 261º, apartado 261.1 Las autoridades y personal al servicio de las entidades, independientemente de su régimen laboral o contractual, incurren en falta administrativá en el trámite de losprocedimientos administrativos a su cargo y, por ende, son susceptibles de ser sancionados administrativamente suspensión, cese o destitución atendiendo a la gravedad de la falta, la reincidencia, el daño causado y la lntencionalidad con que hayan actuado, en caso de: numeral 3) "Demorar injustificadamente la remisión de datos, ( ... ) solicitados para resolver un procedimiento o la producción de un acto procesal sujeto a plazo determinado dentro del procedimiento administrativo"; regulado en el Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General (aprobado mediante Decreto Supremo N.º 004-2019-JUS). Ello a razón de que los investigados emitieron un pronunciamiento al procedimiento sancionador coñtenido en los expedientes N. º 22159 y 22161 después de los 9 meses que establece el inciso 1 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley N. º 27444, tal y como se corrobora de los Informe N.º 215-2019-DAVA-SAU-SGLE-GDUyT-MPC e INFORME N.º 209-2019-DAVA-SAU-SGLE-GDUVT-MPC (correspondiente a los expedientes 104035-2018 y 102303-2018); ocasionando una demora injustificada en proporcionar la información a fin de que se de poder resolver el procedimiento sancionador en contra de las administradas ALICIA CHICLOTE ALCANTARA y AURELIA CRUZADO RUIZ antes de que dicho procedimiento pueda caducar, a consecuencia de la ejecución de obras de edificación sin licencia y/o autorización.
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