Resolución del Órgano Sancionador N.° 060-2023-OS-PAD
RESOLUCIÓN DEL ÓRGANO SANCIONADOR N° 060-2023-OS-PAD-MPC
15 de mayo de 2023
ARTICULO PRIMERO: SANCIONAR CON AMONESTACIÓN ESCRITA a la servidora LIZ KATHERINE DELGADO LOAYZA - en su calidad de Gerente de Infraestructura, por incurrir en la falta administrativa prevista y tipificada en el artículo 85" inciso q) de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil que prescribe: "q) los demás que señala la Ley"; es así en virtud al artículo 100" del Reglamento de la Ley N" 30057, Ley del Servicio Civil aprobado por Decreto Supremo N" 040-2014-PCM; precisa "También constituyen faltas para efectos de la responsabilidad administrativa disciplinaria aquellas previstas en los artículos ( ... ) 239º del TUO de la Ley N" 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, las cuales se procesan conforme a las reglas procedimentales del presente título". (texto que se encuentra establecido a la fecha en el artículo 261"de la Ley N" 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N" 004-2019-JUS); por la vulneración del artículo 261º.1 numeral 3 del TUO de la Ley N" 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante D. S Nº 004-2019-JUS; que prescribe: 3) Demorar injustificadamente la remisión de datos, actuados o expedientes solicitados para resolver un procedimiento o la producción de un acto procesal sujeto a plazo determinado dentro del procedimiento administrativo. Toda vez que, habría demorado el injustificadamente la remisión de actuados, para la producción de un acto administrativo del Expediente Nº 52405-2021 - Adicional - Deductivo Vinculante N" 02, presentado por el consorcio Cajamarca: Mejoramiento del Sistema de Agua Potable e Instalación de letrinas en el C. P. Chamis,Sector COÑORCUCHO, Provincia de Caja marca - Cajamarca, el mismo que se encuentra sujeto a plazo de 1 día hábil, de conformidad con lo establecido en el Artículo 143 inciso 1 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General - D.S. Nº 004-2019-JUS, que prescribe: A falta de plazo establecido por ley expresa, las actuaciones deben producirse dentro de los siguientes: 1) Para recepción y derivación de un escrito a la unidad competente: dentro del mismo día de su presentaciónde acuerdo a los argumentos antes esgrimidos.