Resolución del Órgano Sancionador N.° 001-2023-OS-PAD

RESOLUCIÓN DE ÓRGANO SANCIONADOR N° 001-2023-OS-PAD-MPC

26 de enero de 2023

ARTICULO PRIMERO: SANCIONAR con AMONESTACIÓN ESCRITA a la servidora MARIA ESPERANZA CHILON CHILON, por la falta prevista en el literal q) del articulo 85° de la Ley Nº 30057 - Ley del Servicio Civil, concordante con el artículo 100º del Reglamento de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; precisa que "También constituyen faltas para efectos de la responsabilidad administrativa disciplinaria aquellas previstas en la Ley N° 27815 - Ley del Código de Ética de la Función Pública, que prescribe en el Articulo 6 inciso 5 - Principios de la Función Pública: Principio de Veracidad.- Referido a la conducta: 'Se expresa con autenticidad en las relaciones funcionales con todos los miembros de su institución y con la ciudadanía, y contribuye al esclarecimiento de los hechos". Toda vez que la servidora Investigada, ha faltado a la verdad debido a que en el Informe N° 01-2021-CAC-MPC, 26 de abril del 2021, informa que no ha recibido la capacitación necesaria para poder cumplir con las labores asignadas en el sistema de casilla electrónica, cuando en realidad si recibió capacitación hasta en dos oportunidades en el sistema de casillas electrónicas, asimismo, se precisa que en sus descargos e informe oral reconoce que si recibió las capacitaciones por parte de Informática. Esto en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa. 

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