Resolución del Órgano Sancionador N.° 228-2022-OS-PAD

RESOLUCIÓN DEL ÓRGANO SANCIONADOR N° 228-2022-OS-PAD-MPC

16 de enero de 2023

ARTÍCULO PRIMERO: SANCIONAR CON DIEZ (10) DÍAS DE SUSPENSIÓN SIN GOCE DE REMUNERACIONES al servidor investigado CESAR DAVID LEON DIAZ, por la presunta comisión de la falta prevista en el artículo 85° literal q) de la Ley N° 30057 - Ley del Servicio Civil, que prescribe: "q) Las demás que señale la Ley, falta establecida en la Ley N° 27444; es así en virtud al artículo 100° del Reglamento de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; precisa:También constituyen faltas para efectos de la responsabilidad administrativa disciplinaria aquellas previstas en los artículos ( ... ) 239° del TUO de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, las cuales se procesan conforme a las reglas procedimentales del presente título". (texto que se encuentra establecido a la fecha en el artículo 261.de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N' 004-2019-JUS); por la vulneración del artículo 269.1 numeral 3) del TUO de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante D. S N° 004-2019-JUS que prescribe: 3} "Demorar injustificadamente la remisión de datos, actuados o expedientes solicitados para resolver un procedimiento o la producción de un acto procesal sujeto a plazo determinado dentro del procedimiento admínistrativo": toda vez que el servidor habría demorado injustificadamente la remisión de actuados para la producción de un acto procesal sujeto al plazo de 15 días hábiles, establecido en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, siendo la denominación del procedimiento"licencia de Edificación - Modalidad B aprobación de proyecto con evaluación por la municipalidad o con evaluaciónprevia de los revisores urbanos", habiendo emitido el Informe N° 57-2020-CDLD-SGLE-GDUyT-MPC recién con fecha10 de agosto del 2020, cuando el plazo ya había vencido, sobre el Expediente N° 44234-2020, esto en atención a losfundamentos expuestos en la parte considerativa.
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