Resolución del Órgano Sancionador N.° 211-2022-OS-PAD

RESOLUCIÓN DEL ÓRGANO SANCIONADOR N° 211-2022-OS-PAD-MPC

16 de diciembre de 2022

ARTICULO PRIMERO: SANCIONAR con AMONESTACIÓN ESCRITA al servidor VICENTE MANUEL TAVERA BURGOS, por haber incurrido en la falta prevista en el Artículo 85° inciso q) de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, que establece: "q) Las demás que señala la Ley", por haber inobservado el artículo 261°.1 numeral 3) del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo D.S N° 004-2019-JUS, que prescribe: "3) Demorar Injustificadamente la remisión de( ... ) actuados solicitados para resolver un procedimiento ( ... ) sujeto a plazo determinado dentro del procedimiento administrativo. Por cuanto no ha demostrado documentalmente que en coordinación con su jefe inmediato decidieron reservar el expediente (solicitud del administrado) por contener varias controversias, ya que, su obligación era otorgar una respuesta al administrado, así sea esta negativa, además sustentar las razones de su recomendación; en su lugar, ha remitido los actuados después de tres años, sin que se pronuncie sobre la solicítud de administrado, debiendoprecisar que el plazo máximo para realizar el acto procedimental, de acuerdo al artículo 143° numeral 3 del TUO de la Ley N° 27444, es dentro de siete días después de solicitados; pudiendo ser prorrogado o tres días más si lo diligencia requiere el traslado fuera de su sede o la asistencia de terceros"., en atención a los fundamentos expuesto en la parte considerativa.
Vista preliminar de documento RESOLUCIÓN DEL ÓRGANO SANCIONADOR N° 211-2022-OS-PAD-MPC.pdf

RESOLUCIÓN DEL ÓRGANO SANCIONADOR N° 211-2022-OS-PAD-MPC.pdf

PDF
4.2 MB