Resolución del Órgano Sancionador N.° 119-2022-OGA-MPC
24 de mayo de 2022
ARTICULO PRIMERO: -SANCIONAR CON TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) DÍAS DE SUSPENSIÓN SIN GOCE DE REMUNERACIONES a la servidora LILIANA ELIZABETH CHÁVEZ CAMPOS incurrió en la falta administrativa disciplinaria tipificada en el literal d) del artículo 85º de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, que prescribe son faltas de carácter disciplinario que, según su gravedad, pueden ser sancionadas con suspensión temporal o con destitución, previo proceso administrativo: "La negligencia en el desempeño de sus funciones", específicamente por omitir su función establecida en el literal d) del artículo 96º del Reglamento de Organización y Funciones. Ya que en su condición de Jefe de la Unidad de Remuneraciones, Bienestar Social y Salud Ocupacional, no realizó de forma eficiente y oportuna el control manual del proceso de planillas de remuneraciones y el registro de asistencia de las planillas de personal sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 durante el 06 de julio de 2017 hasta el 10 de octubre de 2018, es decir, en este lapso de tiempo no se tomaron las acciones correctivas; además no se comparó las planillas de los meses anteriores con la de los meses subsiguientes a fin de verificar y asegurar que no se realice el pago de remuneraciones al ex servidor Fredy Mori Culqui al no realizar labor alguna, generando con su accionar el pago ilegal de remuneraciones. Ello en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa.