Resolución del Órgano Sancionador N.° 130-2022-OS-PAD-MPC
16 de julio de 2022
ARTÍCULO PRIMERO: -SANCIONAR CON AMONESTACIÓN ESCRITA a los investigados VICENTE MANUEL TAVERA BURGOS y WALTER JAIME MALAVER GUEVARA, por haber incurrido en la comisión de la falta prevista en el Artículo 85° inciso q) de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, que establece: "q) Las demás que señala la Ley", por haber inobservado el artículo 261°. 1 numeral 3) del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo D.S N° 004-2019-JUS, que prescribe "3) Demorar injustificadamente la remisión de (...) expedientes solicitados para resolver un procedimiento(...) sujeto a plazo determinado dentro del procedimiento administrativo", ello por tener bajo su custodia el expediente N° 85899-2018 desde el 20 de septiembre de 2018 hasta la fecha de información de estado situacional el día 21 de septiembre de 2020, sin haber realizado la evaluación y emisión de opinión técnica según lo indicado mediante proveído 1825, vulnerado el plazo máximo otorgado para procedimientos administrativos regulado en el Artículo 153 del TUO de la ley N° 27444, que data de 30 días hábiles para resolver procedimientos; esto en atención a los argumentos expuestos en la parte considerativa.