Resolución del Órgano Sancionador N.° 124-2022-OS-PAD-MPC

28 de junio de 2022

ARTÍCULO PRIMERO:-ABSOLVER al investigado PABLO FLORES REQUELME ya que no se logra determinar que el investigado haya incurrido en la comisión de la falta administrativa disciplinaria establecida en el artículo 85 literal q) de la Ley N° 30057 "Ley del Servicio Civil", el que indica: "las demás que señala la Ley" en específico el Art. 100° del D.S N° 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley N° 30057 "Ley. del Servlclo Civil que precisa "También constituyen faltas para efectos de la responsabilidad admmistrativa disciplinarfa aquellas previstas en ( ... ) y el Art. 239 de la Ley N° 27444 "Ley de Procedimientos Administrativos Generales"; subsumiendo la falta en el artículo 261°,1 numeral 11) del TUO de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante D.S. N° 004-2019-JUS; que establece: 261.1. Las autoridades y personal al servicio de las entidades, Independientemente de su régimen laboral o contractual, Incurren en falta administrativa en el trámite de los procedimientos administrativos a su cargo y, por ende, son susceptibles de ser sancionados administrativamente suspensión, cese o destitución atendiendo a la gravedad de las faltas, la reincidencia, el daño causado Y la intencionalidad con que hayan actuado, en caso de: ( ... ) (11). "No resolver dentro del plazo establecido para cada procedimiento administrativo de manera negligente o injustificada". Ello en atención a los argumentos expuestos en la parte considerativa del presente acto.

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