Resolución del Órgano Sancionador N.° 118-2022-OS-PAD-MPC
24 de mayo de 2022
ÁRTICULO PRIMERO: -SANCIONAR CON SÚSPENSIÓN SIN GOCE DE REMUNERACIONES por CINCO DÍAS CALENDARIOS, a la servidora DIANA OCAS CUSQUISIBAN, por la comisión de la falta prevista en el literal n) del artículo 85 de la Ley N° 30057 "Ley del Servicio Civil que señala: “Es falta de carácter disciplinario que puede ser sancionado con suspensión temporal o destitución, previo proceso administrativo, n) El Incumplimiento injustificado del horario y jornada de trabajo". Toda vez que la servidora no ha cumplido con su horario de trabajo el 01 de enero 2021 y el 28 de enero del 2021, pues se retira sin previa autorización o del comunicación, ausencias que se han dado por treinta minutos o una hora durante su horario de trabajo; continuando con su conducta reiterativa pese a recomendaciones verbales para un cambio de actitud; así mismo, es necesario señalar que la servidora se encontraba adscrita a un área que tiene un flujo de personas considerable pues es meramente de atención al público (Centro de atención al Ciudadano) y la labor que debía realizar en dicha área era de naturaleza continua y óptima, es decir en ningún momento podía retirarse de las instalaciones a realizar actividades particulares, en tanto en dichos lapsos la servidora no se encontraba a disposición del empleador para la prestación de sus servicios lo que se evidencia con diferentes tomas fotográficas en las que se aprecia la ausencia de la servidora investiga en horario y puesto de trabajo.